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Devolución de descuentos por días no trabajados por paro docente

El Juzgado en la Contencioso Administrativo Número 2 de La Plata ha ordenado que se efectúe una devolución de descuentos por los días no trabajados por el paro docente en la Provincia de Buenos Aires dando lugar a un reclamo del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP). Además, el fallo ordena que el plus sea tomado como a cuenta de futuros aumentos. El Gobierno de María Eugenia Vidal decidió descontar los días no trabajados por el paro docente. Esta medida fue denunciada por el gremio que representa a los maestros , el cual recalcó que se violó precedentes medidas cautelares que ordenaban la abstención de ejecutar actos que alteren, restrinjan, limiten o afecten la libertad de los trabajadores de la educación. […]

El Juzgado en la Contencioso Administrativo Número 2 de La Plata ha ordenado que se efectúe una devolución de descuentos por los días no trabajados por el paro docente en la Provincia de Buenos Aires dando lugar a un reclamo del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP). Además, el fallo ordena que el plus sea tomado como a cuenta de futuros aumentos.

El Gobierno de María Eugenia Vidal decidió descontar los días no trabajados por el paro docente. Esta medida fue denunciada por el gremio que representa a los maestros

, el cual recalcó que se violó precedentes medidas cautelares que ordenaban la abstención de ejecutar actos que alteren, restrinjan, limiten o afecten la libertad de los trabajadores de la educación.

Dando lugar al reclamo del sindicato, el Juzgado ordenó a la Dirección General de Cultura y Educación que se abstenga de aplicar descuentos por los días de huelga y, en caso de haberlos efectivizado, aplicar la devolución de dichos montos de forma inmediata.

En referencia a la gratificación que el Gobierno Bonaerense pagó a aquellos docentes que no se sumaron al paro, la Justicia ordenó que deberá ser considerada como a cuenta de futuros aumentos a fin de mantener la igualdad remunerativa.

El fallo busca que se respete el derecho constitucional de los trabajadores de la educación a manifestarse y realizar medidas directas y de acción sindical confirme a la ley.

Un dato a tener en cuenta es que este fallo a favor de SADOP se suma a otro similar que dio lugar a un reclamo de FEB y SUTEBA.

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