El Gobierno mediante la resolución 403 die que:
«aún continúan vigentes los motivos que oportunamente dieron lugar a la implementación del mecanismo de retribución para las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante tarjetas de débito».
El método utilizado para motivar el consumo luego del 2001 fue prorrogado hasta el 31 de diciembre del 2010, por lo que continua vigente la devolución del 5% del IVA de las adquisiciones de bienes y servicios pagadas a través de tarjetas de débito.
La Resolución del Ministerio de Economía aclara en uno de sus artículos que de esta devolución parcial del IVA «los pagos correspondientes a compras de combustibles líquidos y gas natural», quedan exceptuados
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