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Prórroga para la Recategorización de los Monotributistas 2010

Las distintas entidades de los profesionales de Ciencias Económicas hace varios días que le están pidiendo al Gobierno un prórroga para la recategorización del Monotributo, ya que si esto no ocurre solamente disponen de 4 días hábiles para realizar los trámites. Ahora desde la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, se encuentran evaluando la posibilidad de dar un plazo para que los Monotributistas cumplan con la recategorización que vence el día 7 de enero de 2010. Según publicaron en Infobae Profesional que el fisco nacional daría una prórroga para pagar el importe mensual y para actualizar la situación fiscal de los pequeños contribuyentes, otorgando un plazo especial para que los Monotributistas puedan cumplir la recategorización y también con el […]

Las distintas entidades de los profesionales de Ciencias Económicas hace varios días que le están pidiendo al Gobierno un prórroga para la recategorización del Monotributo, ya que si esto no ocurre solamente disponen de 4 días hábiles para realizar los trámites. Ahora desde la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, se encuentran evaluando la posibilidad de dar un plazo para que los Monotributistas cumplan con la recategorización que vence el día 7 de enero de 2010.

Según publicaron en Infobae Profesional que el fisco nacional daría una prórroga para pagar el importe mensual y para actualizar la situación fiscal de los pequeños contribuyentes, otorgando un plazo especial para que los Monotributistas puedan cumplir la recategorización y también con el pago del impuesto mensual, cuyos vencimientos son el día 7 de enero de 2010.-.

Fuentes desde la AFIP adelantaron que:  «se está evaluando establecer un vencimiento especial, tanto para el pago del importe mensual de enero como para la recategorización cuatrimestral».

Hasta el momento el próximo día jueves 7 de enero de 2010 es el vencimiento del pago del mes de enero de 2010, con los nuevos importes que aún no fueron oficializados y de la recategorización del tercer cuatrimestre del año 2009. Por solo contar con 4 días hábiles los profesionales solicitan al fisco que extienda el plazo. Todo esto seguramente es lo que desde la AFIP se encuentran evaluando, lo cual tendría un peso imp0ortante para tomar la decisión.

Los dos consejos, Capital Federal y provincia de Buenos Aires, Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, FACPCE, Y Consejo Profesional de la Capital Federal, CPCECABA, reclamaron a las autoridades fiscales correr la fecha de vencimiento hasta fines de enero de 2010. Advirtiendo desde la FACPCE, que:

  • “De no ampliarse el plazo, los contribuyentes y profesionales contarán con sólo cuatro días hábiles para realizar las registraciones, controles y verificación de los nuevos parámetros de permanencia en cada categoría del esquema de tributación”.
  • “aún no se ha oficializado la modificación legal ni su consecuente reglamentación por parte del Poder Ejecutivo o de la AFIP, siendo que el Congreso ha previsto la entrada en vigencia del nuevo régimen de Monotributo a partir de 2010”.

Los  Monotributistas para realizar la recategorización tendrán que tener en cuenta  el siguiente cuadro:

Nuevos montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud Impuestos
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 39.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 75.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 128.- 308.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 210.- 390.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 400.- 580.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 550.- 730.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 700.- 880.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1600.- 1.780.-
Nuevos montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud Impuestos
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 39.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 75.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 118.- 298.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 194.- 374.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 310.- 490.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 405.- 585.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 505.- 685.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.240.- 1.420.-
J 236.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.000.- 2.180.-
K 270.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.350.- 2.530.-
L 300.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.700.- 2.880.-

El ingreso correspondiente a la nueva categoría se tendrá que efectuar a partir de la cuota correspondiente a febrero próximo.

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