Uno más y ya van…….. otro fallo judicial le pone un freno a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, con el sistema de preliquidación denominado Arbanet, el muy polémico mecanismo de cálculo de anticipos de los Ingresos Brutos. Desde el organismo están estudiando como flexibilizarlo pero ahora la justicia nuevamente ordeno suspender la aplicación hasta que haya modificación en el sistema.
La causa «Martínez, José Luis c/ Fisco de la provincia de Buenos Aires s/ pretensión declarativa de certeza», el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Trenque Lauquen no dejó lugar a dudas al establecer que:
“toda vez que la liquidación de los anticipos sea realizada de oficio, el acto debe contener todos los elementos que ARBA tuvo en cuenta a los fines de su determinación y cuantificación, asegurando de esta forma, el derecho de defensa del contribuyente, para que pueda, en su caso, plantear los reclamos y recursos que estime pertinentes»
El Juzgado refiriéndose el sistema Arbanet, advirtió que:
- «la vaguedad de la norma y su falta de precisión en cuanto a la forma y modo mediante el cual se calculan los anticipos, implica una omisión reglamentaria que puede subsanarse al momento del dictado del acto determinativo».
- «La Provincia no puede determinar los anticipos sobre base presunta. Su sistema general de determinación de anticipos de oficio debe fundarse en el conocimiento real y cierto de la base de imposición del tributo»
De esta manera, el fallo obliga a dejar de lado este actual mecanismo de cálculo de anticipos en Ingresos Brutos hasta tanto ARBA no indique de manera clara los parámetros que se tienen en cuenta para determinar los montos a ingresar. Las determinaciones de oficio de los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deben:
- Tener en forma explicita los datos y metodología utilizada para arribar al importe reclamado.
- Ser practicados sobre una base cierta.
Desde ARBA ya se esta evaluando un ajuste al sistema Arbanet debido a que se ven venir una avalancha de juicios.
Desde infobae Profesional publicaron la consulta realizada a Mariano Anna, asesor legal del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, quién explicó que:
- “si bien, luego del primer ajuste, se permite introducir un monto a pagar menor al liquidado administrativamente a través de ´ArbaNet´, aún no está prevista la posibilidad de computar un crédito a favor del contribuyente”.
- “tampoco se prevé la posibilidad de utilizar tales saldos a favor como pago a cuenta del anticipo a vencer en meses subsiguientes”.
- “Esta problemática va de la mano, con la imposibilidad de solicitar la exclusión de los regímenes de recaudación, por parte de aquellos contribuyentes alcanzados por ´ArbaNet´”.
Según la resolución 62/2009 fueron introducidas las modificaciones en “Arbanet”, las cuales no son suficientes para el Colegio de Abogados provincial.
La normativa estable, que a partir de septiembre pasado, ARBA liquida un anticipo fijo que es idéntico para todos los meses que restan para finalizar el período fiscal. Bajo este esquema, los contribuyentes tienen dos alternativas:
- El contribuyente puede confirmar la liquidación realizada por ARBA, obteniendo luego el comprobante de pago.
- El contribuyente puede readecuar el anticipo ingresando el monto que según sus propios registros les corresponde anticipar para el mes.
En el supuesto del caso 2 en donde el contribuyente modifica el anticipo en menos, el sistema pedirá datos adicionales que le permitirán a ARBA verificar el origen de las diferencias respecto a los cálculos propios.
Advirtiendo desde el fisco que: “Si se observaran serias inconsistencias, podrá requerir a los contribuyentes mayores datos que expliquen el anticipo ingresado y, en caso de corresponder, cobrar intereses por las diferencias existentes”.
Infobae Profesional
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