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Recibo de sueldos y jornales

 El recibo de sueldos y jornales debe tener obligatoriamente los datos del empleador Razón social o nombre y apellido CUIT Domicilio Datos de los últimos aportes patronales Nombre y apellido del trabajador CUIL Fecha de ingreso Categoría Tarea cumplida Lugar y Fecha de Pago Determinación de las remuneraciones: Sueldo básico o jornal Días u horas Adicionales Descuentos Asignaciones Familiares Neto a Cobrar  Sueldo básico: Por lo general es el básico de convenio laboral regido en el lugar de trabajo, el cual determina la categoría. A veces las empresas determinan otro básico sumando incrementos otorgados internamente, puede ser mayor al de  convenio pero en ningún caso menor. Días u horas: Son los días u horas trabajadas, feriado, enfermedad, accidente, licencias Adicionales: […]

 El recibo de sueldos y jornales debe tener obligatoriamente los datos del empleador

  • Razón social o nombre y apellido

  • CUIT

  • Domicilio

  • Datos de los últimos aportes patronales

  • Nombre y apellido del trabajador

  • CUIL

  • Fecha de ingreso

  • Categoría

  • Tarea cumplida

  • Lugar y Fecha de Pago

  • Determinación de las remuneraciones:

  1. Sueldo básico o jornal

  2. Días u horas

  3. Adicionales

  4. Descuentos

  5. Asignaciones Familiares

  6. Neto a Cobrar 

  1. Sueldo básico: Por lo general es el básico de convenio laboral regido en el lugar de trabajo, el cual determina la categoría. A veces las empresas determinan otro básico sumando incrementos otorgados internamente, puede ser mayor al de  convenio pero en ningún caso menor.

  2. Días u horas: Son los días u horas trabajadas, feriado, enfermedad, accidente, licencias

  3. Adicionales:  

  • Antigüedad: Depende del convenio colectivo de trabajo generalmente es un % que cambia al cumplir años según la fecha de ingreso, pero también puede ser una suma fija.

  • Horas extras: Pueden ser al 50% cuando se extiende la jornada laboral diarias o se solicita trabajar el sábado hasta las 13 horas no siendo esto jornada laboral. ó al 100% trabajar los sábados después de las 13 horas ó domingo ó feriados.

  • Premios: Puede ser otorgados por el convenio o bien acuerdo internos, que se deben pagar en forma separada de los básicos, ejemplos: a la asistencia, a la puntualidad, a la producción, a  cuenta futuros aumentos, adicional por alimentación, adicional por complementario del servicio, etc.

  • a.C.. Sueldo Anual complementario ó aguinaldo, beneficio que antiguamente se pagaba a fin de año y luego se divide en dos partes se cobra en junio y en diciembre de cada año, se calcula el 50% del mejor sueldo recibido en cada semestre, incluido para su calculo básico y todos los adicionales, antigüedad, horas extras, premios, etc.

     4.  Descuentos:

  • Jubilación 11% tanto el trabajador este a filiado a una AFJP o al régimen de reparto.

  • INSSJP      3% Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados PAMI

  • Obra social 3% cuando la empresa realiza el deposito a la AFIP un 10 ó 15% se destina al ANSSAL, depende de la obra social.

  • Cuota sindical solamente al trabajador afiliado al sindicato, ya que la misma no es obligatoria, según convenio ronda entre el 2 y 3%, monto destinado íntegramente al sindicato correspondiente.

    5.  Asignaciones Familiares: Es un monto determinado por el ANSeS por poseer el trabajador cargas de familias, de las cuales es el responsable de su crianza y educación ejemplos: hijo, hijo incapacitado, ayuda escolar anual, prenatal, matrimonio, maternidad, nacimiento, adopción.

    6.   Neto a Cobrar: Es el importe neto a cobrar por el trabajador su importe debe estar bien legible en números y letras.    
 

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71 comentarios en “Recibo de sueldos y jornales”

  1. Hola, quiero realizar un pequeño emprendimiento de liquidacion de haberes. Tengo cursos hechos en la U.B.A.de los mismos. Queria saber cual es la mejor manera de empezar y que sistema basico necesito.
    Gracias
    Gustavo

  2. Hola Miguel Angel:

    A partir de enero de 2008 los paortes jubilatorios fueron iguales en el 11%.
    Rurales no s ebien como son los descuentos poir ley que correpsonden pero volve a preguntarnme que si puedo los voy a averiguar.

    Cuando llenas el formulario 931 vos cargas el total cobrado y luego en cado concepto lo podes modificar ante sde confirmar los datos, no se si es eso lo que preguntas.

    Empleado de comercio varia el monto ya que tiene parte no remunerativa y si correposnde sobre eso el descuento de a la obra social.

    muchas gracias

  3. Hola:
    ¡Cuanta falta que hace una pagina como esta! Los Felicito.

    Tengo un par de dudas:

    1. ¿Los empleados Rurales tienen un descuento del 7 % o del 11 % en Jubilación?
    2. ¿Serían tan amables de detallarme el porcentaje y los conceptos de los descuentos que por ley corresponden a Jun/2008?
    3. Una más: En la DDJJ AFIP F 931, el sistema completa automáticamente los importes de «Remuneración 6» y «Remuneración 7», pero, si es un empleado de comercio: ¿Hay que colocar cero en esas casillas? (ya que según la ayuda son para empleados docentes).
    4. Por último, en el mismo F 931 de AFIP, ¿La remuneración total de cada empleado debe ser igual a la Remuneración 4? (ya que a veces las otras remuneraciones son inferiores.

    En verdad agradecería me respondieran y sepan disculpar la cantidad de preguntas que les hice.

    Un gran saludo,
    ___________________________Miguel Angel

  4. Graciela,

    Gacias por tu pronta respuesta.

    Mi consulta del sindicato era justamente por la Obra Social. Yo ya tengo una prepaga y tengo que pasar los aportes a la misma.

    Y con respecto al aguinaldo, usando por ejemplo la planilla de excell,lo unico que tendria que reemplazar seria $1329.92 por $664,96? Las sumas «no remunerativas» y todo lo demas se calcula tambien o solo con el sueldo?
    Es mi primer aguinaldo por eso ando un poco perdida.

    Muchas gracias por tu ayuda!!!

    Gisele

  5. Hola Gisele:

    Tendrias que preguntar en el sindicato correspondiente al lugar de trabajo aveces depende de las zonas, si no estas afiliada al sindicato no te atiende la obra social, cosa que no esta bien, pero por las dudas averigua?
    El aguinaldo lleva los mismos descuentos del sobre y se calcula mejor sueldo bruto, teniendo en cuenta basico, antiguedad, presentismo, horas extras, adiccionales, no lo que cobras como NO REMUNERATIVO divido 2 y a eso le aplicas lo descuentos.

    gracias

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