ALEARA, el Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina, ha acordado con la CAOLAB y CAOLN, un nuevo acuerdo salarial con los convenios CCT 656/12 y CCT 664/13. En la paritaria se decidió un 16% de incremento salarial en dos tramos, un 8% en mayo y un 8% en julio.
La Cámara de Agencias Oficiales de Loterías y Afines Bonaerenses (CAOLAB) y la Cámara de Agencias Oficiales de Loterías Nacionales (CAOLN) firmaron con el Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina (ALEARA) un nuevo acuerdo salarial.
Esta paritaria afecta tanto a las agencias de la Lotería Nacional como a las de la Provincia de Buenos Aires. En el acuerdo se pactó incrementar un 16% las escalas vigentes de los sueldos básicos y se aplicará a todas las empresas y establecimientos comprendidos en el CCT 656/12 y CCT 664/13 que trabajen a jornada completa.
Para este incremento se tomará como base para el cálculo la escala salarial básica correspondiente a enero de 2017 para cada una de las categorías expresadas y establecidas en los respectivos convenios.
Escala Salarial 2017 CCT 664/13 CAOLAB
Mes | Categoría 1 | Categoría 2 | Categoría 3 |
Abril de 2017 | $13.496,00 | $12.580,00 | $11.438,00 |
Mayo de 2017 | $14.576,00 | $13.586,00 | $12.553,00 |
Julio de 2017 | $15.655,00 | $14.593,00 | $13.268,00 |
Escala Salarial 2017 CCT 656/12 ALEARA-CAOLN
Mes | Operador Principal | Operador Simple | Administrativo | Tareas Accesorias | Mantenimiento |
Abril de 2017 | $13.496,00 | $13.038,00 | $12.580,00 | $13.038,00 | $11.438,00 |
Mayo de 2017 | $14.576,00 | $14.081,00 | $13.586,00 | $14.081,00 | $12.353,00 |
Julio de 2017 | $15.655,00 | $15.124,00 | $14.593,00 | $15.124,00 | $13.268,00 |
Aquellos trabajadores que hagan sus tarea de manera discontinua, a tiempo parcial o jornada reducida, el básico e incremento será proporcional a la jornada laboral cumplida, de acuerdo la legislación vigente.
También se aplicará el equivalente a los adicionales del artículo 10 del CCT 656/12 y CCT 664/13.
Recordemos que en el caso de que se hayan percibido aumentos posteriores a agosto de 2016, estos son tomados a cuenta. Además, a partir de mayo, pasa de $20 a $30 la prima del seguro de vida colectivo y del seguro de sepelio, al igual que el seguro de sepelio del artículo 28 del CCT 656/12 y CCT 664/13.
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Hola q tal ..trabajo en agencia de lotería en mí ciudad y me descuentan una cuota sindical de $317,65 … Quería saber dónde se los beneficios q tengo y donde los reclamo
Desde ya muchas gracias x su atención….
Hola.
Estoy en negro hace tres años no se que hacer.
Alguien q me ayude.
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