Los empleadores que opten por generar en forma masiva la información
que deben ingresar en el Registro de Altas y Bajas en Materia de la
Seguridad Social, conforme a lo previsto en la Resolución General Nº 2104, deberán utilizar el programa aplicativo, a que se refiere el primer párrafo.
La AFIP pondrá en uso la semana próxima a disposición en la página un nuevo aplicativo demoninado MI SIMPLIFICACION INGRESO MASIVO Versión 2.0, Resolución General 2186.
Esta nueva versión del programa aplicativo tiene como objetivo mejorar
su funcionalidad y hacer más amigable su utilización, así como
incorporar las adecuaciones solicitadas por Organismos de la Seguridad Social, como ser la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y la Administración Nacional de la Seguridad Social, relativas a la información sobre los contratos suscriptos con una Administradora de Riesgos del Trabajo y a los vínculos familiares, respectivamente.
Asimismo, se incorpora como novedad que las tablas inherentes al
sistema se disponen en un archivo complementario al del programa aplicativo.
Dicho programa aplicativo, el archivo que contiene las tablas del
sistema y el instructivo para el usuario estarán disponibles en la página Web (http://www.afip.gov.ar/programas/ seg_soc/sijyp_main.asp).
Se requiere tener instalado el aplicativo SIAP
Para una adecuada utilización de este programa aplicativo se deberá
observar lo dispuesto en el Anexo II, agregado a la presente Resolución General.
Atento lo expuesto, precedentemente, se modifica la Resolución General
Nº 2104, en la forma que seguidamente se indica:
a) Sustituyese en el Artículo 3° la expresión MI SIMPLIFICACION –
INGRESO MASIVO DE DATOS Versión 1.0, por la expresión MI SIMPLIFICACION – INGRESO MASIVO DE DATOS Versión 2.0.
b) Sustituyese el Anexo II, por el que forma parte de la presente
Resolución General.
Lo establecido en la presente Resolución General tendrá efectos a
Partir del día 4 de Enero de 2007.
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CONSULTA!!! URGENTE
Al dar de alta a un empleado le puse una retribucion pactada mayor a la que correspondia, como puedo subsanar ese error existe alguna posibilidad?
natalia
Hace una modificación
Con respecto a la remuneración total pactada, yo quisiera saber si es el mismo monto que me figurará, en el recibo de sueldo, como sueldo básico? Gracias!!
Cecilia
No tiene que figurar el sueldo real no el básico
HOLA… CONSULTA, EN LA PARTE QUE DICE RETRIBUCION PACTADA (FORMULARIO ALTA DEL TRABAJADOR), QUE SUELDO DEBE IR? (BASICO? NETO? BRUTO?). GRACIAS!!
DANIELA
Debe ir la remuneración total pactada
hola graciela:
necesito que me asesores sobre un problema que se me planteo:
tengo una empleada que le di de alta con fecha enero del 2010 cuando en realidad debería haber sido enero del 2011 recién este mes me di cuenta que puedo hacer ?
gracias estaré pendiente de tu rta soy de córdoba capital saludos
Buenas tardes , la oficina de personal me mando un formulario de AFIP para que firme «mi simplificacion» Modificacion de alta ,
yo al igual que mis compañeros de trabajo cobramos a comision y en nuestro recibo se sueldo figura sueldo 0 , en el formulario en Retrib. Pactada dice $ 1 , esa es nuestra gran duda , nosotros tenemos entre 20 y 30 años de antiguedad , ese item esta bien ? y en modalidad de contrato dice : 0 contrato modalidad promovida reduccion 0%
muchas gracias.