La Secretaría Legal y Técnica de Presidencia tiene en su poder el decreto que reglamentará la Ley sancionada en 2016 estableciendo que los nueves jueces deberán pagar Impuesto a las Ganancias. La normativa se publicaría la próxima semana en el Boletín Oficial siendo aplicada a partir de este año. Por lo cual aquellos que fueron nombrados desde el 1° de enero de 2017 son alcanzados por el tributo.
El Centro de Información Judicial emitió uniforme en el cual se estaca que estarán exentos del pago de Ganancias abarcará a todos los empelados, funcionarios, fiscales, defensores y magistrados que estaban empleados al 31 de diciembre de 2016. Sin embargo deberán tributar aquellos que ingresen desde el 1° de enero de 2017.
En el decreto no se da lugar al pedido de la Asociación de Magistrados de excluir a los secretarios que podrían ascender a jueces. Tampoco se pagará una compensación salarial por el descuento que se realiza como se había solicitado.
No seguirán tributando aquellos jueces que previamente desempeñaban su cargo en otro fuero o en otra jurisdicción y son ascendidos este año. Sí tendrán que pagar aquellos que actuaban como jueces interinos.
Si bien aún no está reglamentado, el Consejo de la Magistratura empezó a aplicar retenciones bajo dicho concepto desde el mes de enero a los nuevos trabajadores del sector.
La Asociación de Magistrados intentó que la exención del impuesto se extienda a los secretarios que concursan para ser jueces. En sus fundamentos recalcaba que componen el 80% de los candidatos y que pasarán a ganar menos como jueces que como secretarios.
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