Mujer con carpeta de EconoBlog

Hasta Cuando me Puedo Recategorizar en el Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, que debido a que mucha gente se encuentra de vacaciones, y como un alivio en la realización del trámite, nuevamente otorga una prorroga en el vencimiento de la recategorización correspondiente al nuevo régimen de Monotributo 2010 hasta el 29 de enero del año 2010.- Por lo que hay tiempo hasta fin de mes para quién quiera ingresar al régimen impositivo o modificar su categoría. El plazo para la recategorización y pagar la primera cuota correspondiente a enero de 2010 del Monotributo, que vencía hoy 22 de enero, ayer informaron desde el organismo que otorgaban la segunda prórroga hasta el día 29,  indicando que: «es muy importante la cifra de recategorización» en número de […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, que debido a que mucha gente se encuentra de vacaciones, y como un alivio en la realización del trámite, nuevamente otorga una prorroga en el vencimiento de la recategorización correspondiente al nuevo régimen de Monotributo 2010 hasta el 29 de enero del año 2010.- Por lo que hay tiempo hasta fin de mes para quién quiera ingresar al régimen impositivo o modificar su categoría.

El plazo para la recategorización y pagar la primera cuota correspondiente a enero de 2010 del Monotributo, que vencía hoy 22 de enero, ayer informaron desde el organismo que otorgaban la segunda prórroga hasta el día 29,  indicando que: «es muy importante la cifra de recategorización» en número de contribuyentes.

El régimen que permaneció sin modificaciones desde su inicio, ahora amplió la facturación para los servicios y/o locaciones hasta $200.000 y el resto de las actividades hasta $300.000, tiene otra prorroga antes de su lanzamiento con la finalidad que al sistema simplificado se adhiera más cantidad de gente.

A principio de mes el fisco realizó la recategorización de oficio, por lo que aquellos contribuyentes que pertenecían a la categoría «A» pasaron automáticamente a la «B», ya que la primera desapareció del sistema.

La recategorización se puede realizar a través de Internet, cuando el contribuyente durante el año 2009 haya modificado algún parámetro establecido en el nuevo esquema.

Los cambios en el régimen son ampliación de los topes de facturación y aumentos en las cuotas a ingresar. El aporte jubilatorio recibió un incremento de $35.- a $110.- y el aporte a la obra social de $46.75 a $70.- para el titular y de $39.- a $70.- para cada familiar adherente. Además de como ya dijimos la eliminación de la categoría mas baja «A», donde se autorizaba a facturar hasta $12.000.-, fusionándola con la categoría «B», pudiendo ahora facturar hasta $24.000.- al año .

Los contribuyentes que pertenecían a la categoría «A» no necesitan realizar la recategorización porque la AFIP los reempadró de oficio a la categoría «B».

Nuevo esquema para recategorizarse:

Nuevos montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 308.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 390.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 580.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 730.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 880.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.780.-
Nuevos montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 298.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 374.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 490.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 585.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 685.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.420.-
J 235.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.180.-
K 270.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.530.-
L 300.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.880.-

Los contribuyentes inscriptos en el resto de las actividades podrán permanecer en las categorías altas siempre y cuando respecten la condición de tener como mínimo:

  1. Categoría J Facturación hasta $235.000.- un (1) empleado en relación de dependencia.
  2. Categoría K Facturación hasta $270.000.- dos (2) empleado en relación de dependencia.
  3. Categoría L Facturación hasta $300.000.- tres (3) empleado en relación de dependencia.

Los Monotributistas pueden realizar el pago con la credencial que venían utilizando hasta diciembre del 2009.

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