Si es trabajador autónomo recuerde que le próximo 30 de junio vence el plazo para realizar la recategorización de autónomos, usted podrá ingresar a la pagina d la AFIP, www.afip.gov.ar y de manera práctica y sencilla simular la categoría de autónomos que le corresponde, y saber si debe o no recategorizarse, una vez ingresado los datos que le sistema le solicite y así sabrá el monto que debe abonar. La Recategorización para los trabajadores Autónomos debe realizarse durante el mes de junio de cada año. En el caso de inicio de actividades la primer recategorización debe realizarse en el año inmediato siguiente al de la fecha de inicio de actividades.
Si debe recategorizarse, deberá ingresar con su «Clave Fiscal» al Servicio «Padrón Único de Contribuyentes» donde deberá seleccionar la opción «Empadronamiento/categorización de autónomos».
El pago de la recategorización tendrá efecto a partir del mes de junio de realizada, con vencimiento los primeros días el mes d ejulio de 2008 hasta el mes de mayo de 2009.
Pasos a seguir para el reempadronamiento de Autónomos:
1) Ingrese en nuestra página Web: www.afip.gov.ar
2) Seleccione “Clave Fiscal” en la opción “Los más visitados”
3) Seleccione “Usuarios con Clave Fiscal”, “Ingresar”
4) Consigne su CUIT y clave fiscal, y luego presione “Ingresar”
5) Seleccione «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal»
6) Seleccione «Nueva Relación»
7) Seleccione el servicio “Padrón Único de Contribuyentes”
8) Ingrese «Representante», “Buscar”
9) Presione «Confirmar»
10) Imprima el F. 3282/E
11) Cierre la página de Internet
12) Cuando vuelva a ingresar al sistema con su CUIT y clave fiscal tendrá habilitado el servicio «Padrón Único de Contribuyentes» para realizar la recategorización.
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