Además, el trabajador que sea blanqueado podrá computar hasta 60 meses de servicio para la obtención de la Prestación Básica Universal, PBU. Por lo que, por más que haya estado en negro el Estado le reconocerá los aportes jubilatorios correspondientes a los últimos cinco años.
Con respecto a las contribuciones patronales adeudadas, la norma establece que:
- Los primeros diez trabajadores que se registren se extingue el total de la deuda –capital más intereses- originada en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la Seguridad Social.
- A partir del trabajador once, se deberá tener en cuenta que el interés perdonado no podrá superar en más de 20% al monto adeudado. A su vez, corresponde cancelar un interés anual de financiación del 6%.
También se otorga un perdón tangencial que se da en el Impuesto al Valor Agregado, IVA y a Ganancias. La Ley de Procedimientos Fiscales presume que, el dinero destinado a cancelar sueldos de trabajadores informales forma parte de ingresos no declarados por la empresa o el particular.
Además, el fisco nacional ya prorrogó el plazo para gozar de la reducción de las cargas sociales correspondientes a los trabajadores «blanqueados».
Más allá del plazo de reducción, el régimen de blanqueo ponía límite al alivio al determinar que la quita sólo regía hasta el 24 de diciembre pasado.
El decreto 2166/2009, prorrogó el plazo «desde el 24 de diciembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010».
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.