El Formulario 931 debe presentarse vía Internet mediante la pagina Web de la AFIP www.afip.gov.ar ingresando con Clave Fiscal y habilitar el Servicio «Su Declaración OnLine» según el articulo 3 y 4 de la Resolución General 2192/07.
PASOS PARA REALIZAR EL ALTA DE NUEVOS SERVICIOS
Para poder realizar de alta nuevos servicios, tanto para el usuario como para las personas representadas, deberá:
- Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar Nº CUIT con «Clave Fiscal»
- Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
- Seleccione la opción «Nueva relación»
- Desde la opción «Buscar» el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad.
- Seleccione la opción «Confirmar».
- En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
- Presione el botón «Buscar».
- Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
- Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
- Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
- Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.
PASOS PARA LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO 931
Mediante los pasos detallados anteriormente carga el Servicio «Su declaración On Line» cuando se abre la pantalla primero cerrar la ventana con unos datos para la confección de la declaración e ir:
- Ingresar a Nueva Declaración generalmente con Nomina de personal
- Verificar periodo a cargar y ACEPTAR
- Bajar el cursos donde están cargados por el sistema los NOMBRE, APELLIDO Y NUMERO DE CUIL del personal si falta alguno debemos salir del sistema e ir al servicio «MI SIMPLIFICACIÓN» y agregar el que falta o dar de baja el que sobra. si esta todo bien continuar con la carga.
- Seleccionar el trabajador y verificar los datos cargados por la AFIP estén correctos, en la parte inferior están los correspondiente a las remuneraciones.
- Total de remuneraciones Colocar la suma completa de lo percibido por el trabajador en bruto durante el mes de liquidación.
- completar el campo de Remuneraciones 1 al costado derecho hay una lupa, hacer clic y aparece una ventana donde se puede cargar los percibido, Días Trabajados, Sueldo, Vacaciones, SAC, Adicionales, Premios, Horas Extras, etc. luego ACEPTAR
- Luego en la pantalla podemos modificar el ítem que corresponda por ejemplo la remuneración 4 es cuando tenemos en la liquidación ítems como los NO REMUNERATIVOS que si llevan aportes y contribuciones a la OBRA SOCIAL.
- Cargar el monto pagado por ASIGNACIONES FAMILIARES
- Cuando esta todo Ok ACEPTAR
- Ir a la parte inferior y seleccionar otro numero de CUIL y realizar los pasos anteriores, y axial sucesivamente con la totalidad del personal.
- Cuando se termino de cargar todos los trabajadores ACEPTAR
- Ver Formulario 931 si estamos de acuerdo IMPRIMIR Formulario 931
- ACEPTAR Y ENVIAR Formulario 931
- Imprimir el acuse de recibo de la presentación del formulario 931
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genero el f931 y en la base superior rem 9 para art esta el total de ss nominal , pero la base en el punto IV no es la misma. Donde busco el error?
sandra
Para ART tenes que poner todo incluido el no Remunerativo
Tengo que hacer rectificativa del 931 por declaración en línea. Al cargar los nuevos datos el sistema calcula nuevamente el importe de toda la DDJJ. Hay algún lugar para informar lo que ya se pagó?
Veronica
Vos confeccionas la liquidación y antes de enviarla cargas los importes a pagar Calculando la diferencia restando lo que ya pagastes
Hola!! Necesito saber como cambiar el porcentaje de ART al generar el F 931 ya que este mes ha cambiado. Me posiciono sobre el porcentaje actual y no me permite borrarlo y poner otro numero.
También me han quedado retenciones del periodo anterior y no me permite cargarlas en el renglón correspondiente.
Gracias por la ayuda!!
Evangelina
Las retenciones se cargan antes de iniciar a cargar a los trabajadores y la alicuota se modifica en datos del empleador tambien antes de iniciar la carga
Hola Graciela: te consulto por lo sgte. tengo un empleado jornalizado que hace 4 meses no trabaja. le envié el despido y al liquidarlo me encuentro con que no tengo remuneraciones para calculo del 2°SAC, que seria proporcional, por lo tanto en su liq. final se consignaron solo conceptos no remunerativo(vac. no goz. y fdo. dleo. ya que son de la contrucción)por ende en el 931 solo tengo para cargar sumas no remunerativas, pero el resto me quedan en cero y me pone al trabajador en rojo y no me deja continuar.Que tengo que hacer?n liq. nuevamente? espero tu respuesta. Gracias y muy buena la pagina
di de alta dos empleados cundo quiero generar la dec jurada del 931 me tira en rojo los dos y cuando entro me dice que la remuneracin 6 debe estar en cero….que es o como lo puedo solucionar!? gracias
andrea
Tenes que cargar las horas, dias, remuneración, horas extras importe Ingresar uno por uno por el CUIL y cargar las remuneraciones pertinentes
Algo no completas