El Formulario 931 debe presentarse vía Internet mediante la pagina Web de la AFIP www.afip.gov.ar ingresando con Clave Fiscal y habilitar el Servicio «Su Declaración OnLine» según el articulo 3 y 4 de la Resolución General 2192/07.
PASOS PARA REALIZAR EL ALTA DE NUEVOS SERVICIOS
Para poder realizar de alta nuevos servicios, tanto para el usuario como para las personas representadas, deberá:
- Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gov.ar Nº CUIT con «Clave Fiscal»
- Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
- Seleccione la opción «Nueva relación»
- Desde la opción «Buscar» el sistema le permitirá elegir el servicio a habilitar. Recuerde que ciertos servicios exigen que el usuario tenga un mínimo nivel de seguridad.
- Seleccione la opción «Confirmar».
- En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
- Presione el botón «Buscar».
- Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
- Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
- Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
- Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.
PASOS PARA LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO 931
Mediante los pasos detallados anteriormente carga el Servicio «Su declaración On Line» cuando se abre la pantalla primero cerrar la ventana con unos datos para la confección de la declaración e ir:
- Ingresar a Nueva Declaración generalmente con Nomina de personal
- Verificar periodo a cargar y ACEPTAR
- Bajar el cursos donde están cargados por el sistema los NOMBRE, APELLIDO Y NUMERO DE CUIL del personal si falta alguno debemos salir del sistema e ir al servicio «MI SIMPLIFICACIÓN» y agregar el que falta o dar de baja el que sobra. si esta todo bien continuar con la carga.
- Seleccionar el trabajador y verificar los datos cargados por la AFIP estén correctos, en la parte inferior están los correspondiente a las remuneraciones.
- Total de remuneraciones Colocar la suma completa de lo percibido por el trabajador en bruto durante el mes de liquidación.
- completar el campo de Remuneraciones 1 al costado derecho hay una lupa, hacer clic y aparece una ventana donde se puede cargar los percibido, Días Trabajados, Sueldo, Vacaciones, SAC, Adicionales, Premios, Horas Extras, etc. luego ACEPTAR
- Luego en la pantalla podemos modificar el ítem que corresponda por ejemplo la remuneración 4 es cuando tenemos en la liquidación ítems como los NO REMUNERATIVOS que si llevan aportes y contribuciones a la OBRA SOCIAL.
- Cargar el monto pagado por ASIGNACIONES FAMILIARES
- Cuando esta todo Ok ACEPTAR
- Ir a la parte inferior y seleccionar otro numero de CUIL y realizar los pasos anteriores, y axial sucesivamente con la totalidad del personal.
- Cuando se termino de cargar todos los trabajadores ACEPTAR
- Ver Formulario 931 si estamos de acuerdo IMPRIMIR Formulario 931
- ACEPTAR Y ENVIAR Formulario 931
- Imprimir el acuse de recibo de la presentación del formulario 931
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Hola Graciela, soy un asiduo consultor de tu página y trato de no preguntar sino de ver si entiendo por mi mismo o si a alguien le pasó algo similar. En este caso me veo obligado a preguntarte lo siguiente: estoy atrasado en la presentación de los 931, hoy me puse a hacerlo y avancé bastante, sin embargo, los montos que me calculó el sistema difieren de los que yo tengo consignados en el recibo de sueldo y por ello preferí no hacer la presentación por el momento. Te paso los datos del recibo
Básico: 690
Presentismo: 57.5
Suma fija no remunerativa: 100
Acuerdo abril 08: 138
Presentismo no remunerativo: 19.83
Total: 1005.33
Jubilación: 82.23
Ley 19032: 22.43
OS: 30.16
FEC: 20.11
FAECYS: 5.03
Los datos que me calcula la web son los siguientes
Aportes SS: 116.91
Contribuciones SS: 136.12
RENATRE: 0
Aportes OS: 25.64
Contribuciones OS: 51.24
LRT: 0
Veo que en las contribuciones OS hay una diferencia de un peso, pero en las SS la diferencia es mayor.
Además aprovecho para contarte que LRT sale 0 porque todavía no contraté una ART, si, se que es muy malo y el lunes voy a encargarme a primera hora de eso, de paso te pregunto si conviene ir presentando esto hasta que esté la ART o mejor esperar, quiero poner todo al día, sin cometer errores.
Desde ya muchas gracias y disculpá por la longitud del comentario.
Saludos,
Sebastian
Hola Cynthia:
Que necesitas CONSULTOR te dijo que podias relaizarlas sin ser contadora no se necesita ser contadora para liquidar sueldos, solamente conocimientos de sueldos y jornales y manejo de internet para las presentaciones
Hola, quería saber si alguien podía responder mi consulta, realizada más abajo.
Muchas gracias.
Hola, disculpas, otra vez yo.
El tema es el siguiente. Quiero abarcar más tareas en la empresa pero no estoy al tanto del tema legal. La liquidación de sueldos y la DDJJ la hace un Estudio Contable por el momento, yo podría realizar dichas tareas sin ser Contadora? Y en ese caso, ¿las liquidaciones cómo se realizarían?; y las remuneraciones que aparecen en la declaración online, ¿las carga AFIP o la persona encargada?
Disculpe las molestias.
Gracias!
Cynthia: Sí, podes. Si tenes la autorización y la clave fiscal de esa empresa no hay problema.