Jubilados y pensionados de Anses y PAMI

ANSES: ¿Cómo heredar jubilaciones o pensiones?

Mirá quiénes pueden heredar jubilaciones y/o pensiones de jubilados/pensionados fallecidos. El trámite debe hacerse en ANSES con turno.

Cuando muere un jubilado y/o pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), sus familiares tiene derecho a heredar su jubilación o pensión. El monto que pueden cobrar los herederos es el haber no cobrado por el adulto mayor fallecido contando con un tope de 1600 pesos, al cual se suma el aguinaldo proporcional. Para efectuar el trámite se requiere solicitar un turno en ANSES por www.anses.gov.ar.

Los herederos tiene derecho a heredar una jubilación no cobrada siempre y cuando no exista una persona con derecho a la tramitación de una pensión. El trámite se tiene que efectuar en la oficina de ANSES más cercana con turno previo y dentro de los dos años del fallecimiento.

La jubilación a cobrar es los haberes devengados por los días pendientes de cobro hasta el deceso.

Los haberes no se pagan antes de los 90 días corridos contados desde el fallecimiento y tienen que ser tramitados dentro de los 2 años.

En caso de que más de un heredero solicite el cobro de la jubilación, ANSES establece el siguiente orden prioritario:

  • Hijos mayores de 18 años no discapacitados: Se distribuyen en partes iguales a los hijos.
  • Nietos y bisnietos: Se abonan de acuerdo a la parte que hubiera cobrado su padre o abuelo.
  • Padres: Se abonan en partes iguales.
  • Hermanos: Se liquidan en partes iguales. Los medios hermanos tienen los mismos derechos que los otros.
  • Sobrinos: Se abonan en función a la parte que hubieran cobrado sus padres.

En caso de que no existan parientes por consanguinidad, los haberes pueden ser cobrados por aquella persona que ha pagado los gastos médicos de la última enfermedad del causante. Para efectuar el trámite se debe demostrar que la obra social no cubrió totalmente los gastos.

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13 comentarios en “ANSES: ¿Cómo heredar jubilaciones o pensiones?”

  1. tengo una discapacidad, mi papa es jubilado, si el fallece yo heredo la pensión de manera automática?
    otra consulta. en el caso que yo pueda heredar su jubilación y tengo trabajo en blanco puedo continuar cobrando la jubilación heredada o esta queda suspendida? Gracias.

    1. Para cobrar la pensión del padre el hijo debe estar cargado en el sistema (base de datos de ANSES) como hijo discapacitado y cobrar por él la Asignación correspondiente No es automática, se debe hacer un tramite
      Se supone que si el hijo es discapacitado no puede trabajar (por ese motivo es la ayuda de la asignación y de la pensión Hay que ver la discapacidad y el ingreso que recibe

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