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Planilla Excel empleados de comercio liquida tu propio sueldo

Según el acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril/08 8% Julio/08 6% Septiembre/08 6% Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes […]

Según el acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  1. Abril/08 8%

  2. Julio/08 6%

  3. Septiembre/08 6%

Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.

Como lo venimos haciendo publicamos la siguiente planilla Excel para que puedas realizar tu propia liquidación de haberes:

bajar planilla Excel, liquida tu sueldo

 recibo-de-sueldo-osecac-juliowwweconoblogcomar.xls

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290 comentarios en “Planilla Excel empleados de comercio liquida tu propio sueldo”

  1. HOLA GRACIELA!
    TE CUENTO QUE SIEMPRE LEO TU SITIO ES MUY BUENO. TEGO UNA CONSULTA : EN MI RECIB ODE SUELDO ME DESCUENTAN EL 3% QUE CORRESPONDE A LA LEY 19032, ME PODES COMENTAR DE QUE SE TRATA?….AHH MI ACTIVIDAD ES ENCARGADO EN UNA FINCA… GRACIAS!

  2. Graciela gracias por la respuesta, te consulto por el acuerdo colectivo 2008 20 %, cuando liquidaron las vacaciones no se liquido, ahora con los días restantes tienen que liquidar el total? en un remunerativo de 1488.72, el 20 % de no remunerativo es 297.75, cuando se liquido las vacaciones se liquido los 14 dias solamente pero sin lo no rem ahora tendría q liquidarse los 16 + lo no rem? Mil gracias!

  3. Quería hacer una consulta si alguien me puede ayudar. Cuando se liquidan las vacaciones se divide la remuneracion básica por 25 y cuando se liquidan los días restantes por 30. Ahora cuando hay concepto no remunerativo como se liquida? En el caso particular no se liquidó cuando se pagaron las vacaciones, se liquida el total con los días restantes o proporciona? Gracias!

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