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Planilla Excel empleados de comercio liquida tu propio sueldo

Según el acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril/08 8% Julio/08 6% Septiembre/08 6% Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes […]

Según el acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  1. Abril/08 8%

  2. Julio/08 6%

  3. Septiembre/08 6%

Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.

Como lo venimos haciendo publicamos la siguiente planilla Excel para que puedas realizar tu propia liquidación de haberes:

bajar planilla Excel, liquida tu sueldo

 recibo-de-sueldo-osecac-juliowwweconoblogcomar.xls

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290 comentarios en “Planilla Excel empleados de comercio liquida tu propio sueldo”

  1. bien yo tengo un sueldo 1127
    con un basico de 950 mas acuerdos precentismo y demas
    bien hoy cuando fui a cobrar me dijo
    que solo se toma en cuenta en sueldo basico dividido por dos y de eso se descuanta la carga social
    que segun ellos es el 19 porciento
    esto es correcto o no a soy telemarketer
    pero estoy como empleado de comercio
    me estas re garcando no gracias perdon como ecrivo y hablo jejej gracias

  2. hola quisiera hacer una consulta ¿porque anses le descuenta el sueldo a los discapacitados? ¿ esta bien eso?¿ porque?

  3. Si, por lógica no pueden darle 15 días de vacaciones, hace 4 años que trabaja en la empresa, hace 2 años se tomo los 14 días de vacaciones y ahora (dos años despues) le quieren descontar un día de vacaciones porque dicen, que en las vacaciones de hace 2 años atras, se tomo 15 días. Se tomo dos semanas y el día que tenía que reincorporarse era el 2 de abril (que es feriado), entonces le liquidaron 15 días de vacaciones porque dicen que no se presento a trabajar ese día (porque era feriado) Ellos trabajan de lunes a viernes, a un compañero que le correspondían 6 días (se los tomo de lunes a sabado) y le cuentan el domingo como un día más de vacaciones, porque empezo a trabajar el lunes siguiente.

  4. Firmo las vacaciones pero no se acuerda que fechas decía porque fue hace dos años. Hasta el día de hoy tiene 14 días de vacaciones de acuerdo a su antigüedad. El argumento de RRHH es que como el lunes no empezaba a trabajar porque era feriado, le cuentan 15 días. Es ilógico para mí, pero no encontramos la manera en que puede defenderse porque los convenios no se referien a esos casos. Entiendo que es porque por lógica se cuentan 14 días independientemente de que pase el día en que debías reincorporarte.
    Gracias
    Saludos

    1. Yesica

      Si tiene 14 dias no le pueden pagar 15 dia sde vacaciones si tiene 14? o no te entiendo Tampoco puede firmar sus vacaciones con dos años adelantados, la verdad no entiendo tu consulta

  5. Hola

    Mi marido pertenece a la UOM, es administrativo de una metalurgica. Se tomo 14 días de vacaciones de lunes a domingo de la segunda semana, pero el lunes que debía comenzar a trabajar era feriado. Le liquidaron como si se hubiese tomado 15 días, le cuentan el día feriado porque no se presento a trabajar (porque era feriado!!!) En los convenios no especifica que pasa cuando el dia de reincorporacion es feriado. Esta bien liquidado?
    Gracias
    Saludos,

Los comentarios están cerrados.