Según el acuerdo firmado por la Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
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Abril/08 8%
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Julio/08 6%
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Septiembre/08 6%
Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
Como lo venimos haciendo publicamos la siguiente planilla Excel para que puedas realizar tu propia liquidación de haberes:
bajar planilla Excel, liquida tu sueldo
recibo-de-sueldo-osecac-juliowwweconoblogcomar.xls
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Hora Vero Michel:
Formula la pregunta imposible si voy en orden contestando volver a comentario anteriores.
gracias
Hola Vero Michel:
Obligación del empleador darle los 14 días corridos, salvo acuerdo de parte.
gracias
sobre tu comentario n°29 los aumentos del 2007 tenes alguna planilla publicada donde me pueda fijas ella en vendedora categ B hace tres años que esta con media jornada osea 4 horas por dia de lunes a sabado
si podes mandame una de esas liq q haces para orientarme gracias
sabes queria saber es el tema de las vacaciones a este chica le corresponden 14 dias pero lo que no se es s,i se los debe tomar todos juntos y pagarlas o puede tomar una parte en verano y otras dias en invierno o los 14 dias son en verano y ademasle correspnden vacaciones de invierno,gracias
Hola VERO MICHEL:
Yo si hubiera cometido ese error lo remediaria con un detalle mes a mes liquidación total y ajustar todo en el proximo pago, ante una inspección, demostras que por omisión y equivocación te sucedio eso, generalmente el inspector si atendes vos la inspección y le explicas lo entiende, pero tenes que hacer el ajuste correspondiente. espero me hayas entendido.
gracias