La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado el cuadro con los nuevos montos de los aportes de Autónomos 2017 – 2018, los cuales son actualizados con la aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Como se indica en www.afip.gob.ar, dichos importes comienzan a regir para el período fiscal septiembre.
El Índice de Movilidad se aplica cada mes de marzo y septiembre confirme a la Ley de Movilidad para actualizar el monto de las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Asignaciones Familiares. Esto provoca una suba en los aportes que deben realizar los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General (RG).
El Índice de Movilidad de este mes es del 13,32%. Con el mismo, los nuevos montos de los apotres de autónomos desde septiembre de 2017 son los siguientes:
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
I | 1344,30 |
II | 1882,01 |
III | 2688,60 |
IV | 4301,76 |
V | 5914,93 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
I’ | 1470,33 |
II’ | 2058,45 |
III’ | 2940,66 |
IV’ | 4705,05 |
V’ | 6469,45 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
I | 1344,3 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
I | 1344,3 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 1134,25 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 462,10 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
A | 1048,52 |
B | 1287,16 |
B’ | 1407,83 |
C | 1720,64 |
C’ | 1881,95 |
D | 2574,26 |
D’ | 2815,60 |
E | 4298,32 |
E’ | 4701,29 |
F | 6012,31 |
G | 8593,34 |
G’ | 9398,97 |
H | 12895,07 |
I | 16131,47 |
J | 16131,47 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 884,69 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 360,43 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
I | 4200,95 |
II | 5881,30 |
III | 8401,90 |
IV | 13443,02 |
V | 18484,15 |
Además, desde este mes, se aplica un aumento en los topes de los aportes y contribuciones al SIPA que se aplican sobre los salarios de los empleados en relación de dependencia.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.