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AFIP: Prórroga en recategorización del Monotributo

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, anunció una prórroga en la recategorización del Monotributo. Con lo cual, los monotributistas tendrán tiempo hasta el jueves 5 de octubre de 2017 para cumplir con la obligación que vencía el día de ayer. El trámite debe ser efectuado mediante la página del organismo recaudador con CUIT y Clave Fiscal. ¿Quiénes tienen que recategorizarse en el Monotributo? La recategorización del Monotributo debe ser efectuada por aquellos Pequeños Contribuyentes que ya no se encuadran dentro de su categoría, ya sea porque han superado el nivel de ventas, la energía eléctrica consumida o la superficie de afectación a la actividad del lugar en el cual desempeñan su trabajo. En caso […]

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, anunció una prórroga en la recategorización del Monotributo. Con lo cual, los monotributistas tendrán tiempo hasta el jueves 5 de octubre de 2017 para cumplir con la obligación que vencía el día de ayer. El trámite debe ser efectuado mediante la página del organismo recaudador con CUIT y Clave Fiscal.

¿Quiénes tienen que recategorizarse en el Monotributo?

La recategorización del Monotributo debe ser efectuada por aquellos Pequeños Contribuyentes que ya no se encuadran dentro de su categoría, ya sea porque han superado el nivel de ventas, la energía eléctrica consumida o la superficie de afectación a la actividad del lugar en el cual desempeñan su trabajo.

En caso de no realizar el trámite, el organismo recaudador tiene la facultad para hacer una recategorización de oficio o una exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), en cuyo caso no podrá regresar dentro de los 3 años posteriores.

¿Cómo hacer la recategorización del Monotributo?

  • Entrar en www.afip.gob.ar y pulsar en «Ingresar».
  • Indicar el número de CUIT y la Clave Fiscal.
  • Acceder a «Monotributo».
  • Ingresar en «Mi categoría – Recategorización».
  • El sistema mostrará en pantalla todos los datos con los que cuenta el Fisco Nacional y que, obviamente, tienen que ser tenidos en cuenta por los usuarios. Allí se debe pulsar en «No, quiero recatgeorizarme».
  • En las siguientes pantalla se deben ingresar los datos requeridos (monto de facturación y, si se cuenta con un local, energía eléctrica consumida, superficie afectada y CUIT del propietario, si es alquilado).
  • Confirmar la categoría.

Por otra parte, los monotributistas que no se tengan que recategorizar deben confirmar su categoría. Ayer venció el plazo para que lo hagan los de las categorías que van de la F a la K. El 20 de octubre vencerá para los de D y E; el 20 de noviembre para los de B y C; y el 20 de diciembre para los de la A.

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