La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el plazo hasta el jueves 5 de octubre de 2017 para que los monotributistas cambien de categoría en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). En este artículo, EconoBlog detalla qué parámetros serán aplicados para la recategorización de oficio del Monotributo que comenzará a aplicarse cuando venza el mismo.
Con los cambios efectuados en el régimen, AFIP comenzará a realizar una recatgeorización de oficio a Monotributistas a partir de este año. La misma se efectuará en caso de que el organismo recaudador dirigido por Alberto Abad considera que el Pequeño Contribuyente se encuentra encuadrado en una categoría del Monotributo que no le corresponde.
Al momento de efectuar la recatgeorización de oficio del Monotributo, el Fisco Nacional tendrá en cuenta la adquisición bienes, los gastos realizados de índole personal y las acreditaciones bancarias. Los montos de dichos puntos serán comparados con los ingresos brutos anuales de la categoría en la cual el monotributista está registrado.
La nueva categoría que se asignará será la que se adecúe a los ingresos anuales que resulten de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más el 20% si la actividad es de locación y/o prestación de servicios o el 30% si es venta de cosas muebles.
Por otro lado, desde este año es obligatoria la confirmación de la categoría al Monotributo. El plazo de vencimiento es el 5 de octubre para las categorías F, G, H, I, J y K; 20 de octubre para D y E; 20 de noviembre para B y C; y 20 de diciembre para A.
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