Jubilados con una computadora de Anses y AFIP

Tipos de Jubilaciones

En nuestro país existen la Jubilación de Reparto, Régimen Público o del Estado y la Jubilación de Capitalización, Régimen Privado, la persona que ingresa a realizar aportes por primera vez tiene un plazo de noventa (90) días para realizar la opción de cual de las dos prefiere si no la realiza pasa automáticamente al Régimen de Reparto ó Público, pudiendo luego realizar la opción en cualquier momento. Régimen de Reparto o Publico: Es el Régimen administrado por el Estado por medio de la  Administración Nacional de Seguridad Social, ANSES. Otorga: Jubilación ordinaria Jubilación por edad avanzada Jubilación por invalidez Pensión 2.     Régimen de capitalización o Privado: Este Régimen esta en nuestro país a partir del año 1990, Los aportes de […]

En nuestro país existen la Jubilación de Reparto, Régimen Público o del Estado y la Jubilación de Capitalización, Régimen Privado, la persona que ingresa a realizar aportes por primera vez tiene un plazo de noventa (90) días para realizar la opción de cual de las dos prefiere si no la realiza pasa automáticamente al Régimen de Reparto ó Público, pudiendo luego realizar la opción en cualquier momento.

  1. Régimen de Reparto o Publico: Es el Régimen administrado por el Estado por medio de la  Administración Nacional de Seguridad Social, ANSES. Otorga:
  • Jubilación ordinaria
  • Jubilación por edad avanzada
  • Jubilación por invalidez
  • Pensión

2.     Régimen de capitalización o Privado: Este Régimen esta en nuestro país a partir del año 1990, Los aportes de los afiliados van a una administradora privada de fondos de jubilaciones y pensiones, AFJP, allí existe una cuenta individual de cada afiliado hasta el momento de su retiro. Otorga:

  • Jubilación ordinaria (Sistema de Renta vitalicia previsional, retiro programado o retiro fraccionado)
  • Pensión por fallecimiento
  • Retiro por invalidez

Los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores autónomos se encuentran cubiertos por cualquiera de estos sistemas jubilatorios, con las excepciones de los trabajadores estatales, provinciales, municipales o  algunos profesionales que se encuentran cubiertos por sus respectivas cajas.

Requisitos para jubilarse:

  • Jubilación ordinaria: Mujeres 60 años y hombres 65 años de edad con treinta (30) años de servicios.
  • Jubilación por edad avanzada: Existe una cobertura para personas de 70 o mas años, de cualquier sexo, que no tengan los treinta (30) años de aportes, deben acreditar Díez (10) años con aportes, de los cuales los últimos cinco (5) deben haber sido trabajados dentro de los ocho (8) años antes de cesar actividad. Es obligación no poseer ningún otro tipo de beneficio
  • Retiro por Invalidez: Las personas cualquier sexo o edad que sufran un accidente o enfermedad que los discapacite física o mentalmente con un 66% o mas, para poder desempeñar sus actividades. El cobro de la misma esta condicionado a un examen periódico y no volver a ninguna actividad laboral.

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38 comentarios en “Tipos de Jubilaciones”

  1. Hola Alberto:

    Capitalización y reparto es lo mismo, si en la empresa y vos quieren trabajr mas tiempo nadie te va a decir nada, pero si te intiman a iniciar los tramites tenes que acerlo.

    gracias

  2. en capitalizacion llegada la edad para jubilarse y los años de servicio se puede seguir trabajando uno o dos años mas?

  3. Hola laura:

    Si nunca aporto es mejor que te asesores bien en la AFIP tarta de qu ete expliquen bien, si no te convense la explicación volve otro dia y sacate todas las dudas o anda a otra sucursal, depende de la persona que te atienda tenes que preguntar bien y asesorarte antes de iniciar una moratoria si queres luego volve a preguntarme o simplemente comentame como te fue y que te dijeron gracias

  4. Hola! a quien corresponda: necesito saber si mi mama de 61 años ama de casa puede empezar a realizar los tramites para la jubilacion,donde tiene que dirigirse, y a partir de cuando. espero una pronta respuesta

  5. ANTONIO OSCAR OLIVA

    La iniciativa permitiría a los jefes comunales jubilarse a los 61 años y percibir una asignación del 50% del sueldo

    El Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Amado Boudou

    Me llamo Antonio Oscar OLIVA, soy “DESEMPLEADO” del año 2003, ya cuento con 30 años de servicios y 61 años de edad porque UD. y la Sra. Presidente no sacan un Decreto para los que quedamos afuera del mes de fin de Abril/07/2008, y aquellas personas que podemos pedir la Jubilación Anticipada también nos podemos veneficiar como los Señores Intendente, yo también fui FUNCIONARIO de una empresa como SEGBA SA, y SEGBA RECIDUAL, ya que yo me puedo Jubilar a los 63 años por tener tareas preferenciales y me acortan la edad Jubilatoria, como comente me jubilaría antes de los 65 años. Del 2003 hasta la fecha solo tuve respuesta de negación tanto del orden Nacional , Provincial y Comunal, pedí audiencias al Poder Ejecutivo nacional reencontrarme con mi DIGNIDAD y me mandaron a la AMIA a buscar trabajo. NUNCA DESEO TENER UNA AYUDA MONETARIA NO ES LO QUE VUSCO ASI TODO CUMPLO CON MIS RESPONSABILIDADES DE TENER TODOS MIS INPUESTOS AL DIA , no deseo pagar a estos señores , que con lo que cobran ya roban bastante porque no trabajan a donoren haber si se quedan en sus puesto. Disculpe la bronca y la impotencia.
    ANTONIO OSCAR OLIVA
    DNI 7595180
    BERNARDO DE IRIGOYEN 889 – CODIGO POSTAL 1602
    LOCALIDAD FLORIDA – PARTIDO DE VTE. LOPEZ
    TE 011-7430-1063
    CEL.15-5928-1713
    MAIL. antoniooliva@arnet.com.ar
    antoniooscaroliva@hotmail.com
    Espero un llamado suyo que al menos, me de una respuesta de la Delegación de Munro que ya están todo hechos los reconocimientos de servicio y aprobado, que tiempo antes de cumplir mis 63 años tengo que presentar los papeles para poder iniciar mi JUBILACION ORDINARIA Y QUE DOCUMENTACION TENGO QUE PRESENTAR, es muy difícil no tener ninguna entrada y estar DESEMPLEADO NO DESOCUPADO PARA ESO LLEVO MI CRUZ QUE ME LA DIO EL SEÑOR PARA TODOS LOS DIAS. Sea el primero que me pueda comunicar, mi respuesta sin filtro por este medio.

    Atte. OLIVA, Antonio Oscar

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