Mujer con carpeta de EconoBlog

Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal. Asignación Familiar por Maternidad: Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad. Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo […]

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.

Asignación Familiar por Maternidad:

  • Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.

2.  Asignación Prenatal:

  • Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado  por un Certificado Medico  que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.

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1.636 comentarios en “Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal”

  1. Hola quiero saber si utilizando el periodo de excedencia las obras sociales permiten el pago del servicio en forma particular, eso es obligatorio o depende de cada obra social???? Tambien quiero saber como quedan los aportes jubilatorios en ese periodo? Muchas gracias. Gilda

    1. Gilda aportes no hay y cada obra social debe seguir atendiendo a los trabajadores, si hay que tener en cuenta que alguno pagan planes superiores y eso hay que seguir pagandolo

  2. hola buenos dias queria saber tuve a mi bbadelantada tenia fecha pron
    able 20de octubre y nacio 8 de septiembre este mes ya no me pago mi patron xq me toca q lo haga anses q ya entra la licencia x maternidad quiero saber cuanto demoora anses en pagarlo ya q este mes no tuve sueldo de ninguna de las 2 partes.. es imposible q alguien te responda en anses no se puede sacar turno gracias.

    1. Alicia Hiciste el tramite para cobrar la Licencia?? Por ejemplo mes de septiembre ANSES lo paga en noviembre, octubre en diciembre y así sucesivamente Pero es importante haber realizado correctamente el tramite y aveces paga al mes un adelanto, tenes que mirar sesión Fecha y Lugar de Cobro con tu CUIL

  3. Hola, mi lic empezo el dia 18 de febrero
    En junio paga una parte la empresa y la otra anses
    Ahora en anses me dicen que cuando pagan junio es abril trabajado ya que difieren varios meses
    Cobro mes entero por anses?

    1. alesia si comenzaste la licencia el 18 de febrero, en junio ya estas trabajando (90 días te reincorporas 18 de mayo?) si bien ANSEs paga a los 60 días y ne junio te paga abril, el mes de junio trabajado lo paga todo el empleador y aparte cobras lo que te no cobraste en abril (esto depende de lo que hayas cobrado durante la licencia) Quizás queres decir sueldo mayo??

  4. Hola, te hago una consulta. Que pasa si recibo un aumento en el periodo de licencia? El ANSES hace algun tipo de ajuste o paga los 3 meses de acuerdo al ultimo salario antes de entrar en licencia?

    1. Tu empleador debe informar a ANSES el aumento con el formulario 931 y si no te lo pagan, reclamas a ANSES

  5. la doctora me entrego el certificado del 5to mes donde debo presentarlo y que debo adjuntar para hacer el cobro después de la asignación familiar prenatal

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