Mujer con carpeta de EconoBlog

Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal. Asignación Familiar por Maternidad: Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad. Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo […]

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.

Asignación Familiar por Maternidad:

  • Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.

2.  Asignación Prenatal:

  • Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado  por un Certificado Medico  que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.

1.636 comentarios en “Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal”

  1. hola estoy entrando al quinto mes y mi marido empezo a trabajar en blanco a partir del 2 de mayo puedo cobrar el pre natal si alguin sabe por favor contestenme gracias

  2. Hola yo estoy desempleada, tengo un embarazo de 7 meses y soy mamá soltera me gustaria saber si tengo la posibilidad de cobrar algun plan? Gracias

  3. Queria pregutar si yo estando de 5 meses podria tramitar el PRENATAL…por causa de que recien me interiorice de las asignaciones existentes.o que opciones tendria… para recibir alguna asignacion desde ya muchas gracias!!!!!! si podria responder lo antes posible

  4. carolina cabrera olivares

    hla soy guardia de seguridad tengo 5 meces de enbaraso y desde el segundo mes estoy con licensia el medico me dio el certificado de prenatal qisiera saber cuanto me corresponde que me pagen si es del primer mes de enbaraso y quien lo debiera pagar mi enpresa o la caja la verdad no se mucho del tema me gustaria qiue me orientaran desde ya muchas grasias

  5. Tengo una empleada domestica hace 4 años en blanco. Tiene 40 años. En diciembre de 2008 tuvo un accidente cerebro vascular. Estuvo 5 semanas sin trabajar. Le pagamos el sueldo, tomando en cuenta su licencia de 30 dias anuales con goce de sueldo. Luego se tomo sus vacaciones pagas. Cuando tuvo el alta medica acordamos reducir las horas de trabajo ya que ella no estaba en condiciones fisicas de trabajar 4 hs de lunes a viernes, y paso a trabajar 4 hs 3 dias a la semana. Siguio trabajando con secuelas, perdida de memoria reciente(dejaba tareas a medio hacer o guardaba las cosas fuera de lugar y terminaba agotada sin hacer esfuerzos fisicos). En junio de 2009 quedo embarazada. En agosto 2009 se tomo un mes de licencia por amenaza de aborto. En Marzo de 2010 Tuvo su bebe y se tomo su coorrespondiente licencia paga mas sus vacaciones coorrespondientes. Ahora nos dice que no le conviene seguir trabajando excepto que le aumentemos el sueldo, cosa que lamentablemente no podemos hacer. Nosotros le mantenemos todo tal cual esta hasta ahora 3 dias a la semana,- sueldo por hora según escalafon mas 10%, mas 100% importe previsional, mas 100% de importe para obra social del esposo que es independiente. Hace una semana que no viene a trabajar, tampoco renuncia y exige que la indemnicemos. Que debo hacer?

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