Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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Buenas tardes. tengo dos preguntas para hacer.
1: A mi sra le depositan las asignaciones familiares directamente en su cuenta sueldo del banco macro asi que supongo que no es necesario el tramite de dicha tarjeta. Si estoy equivocado y necesitariamos hacer dicho tramite me gustaria saberlo.
2: Esta mañana nos dirijimos al banco a cobrar via ventanilla un deposito judicial (que nada tiene que ver con anses) y nos dijeron que necesitamos hacer ese tramite en el anses porque ahora todo se maneja de esa manera. eso es correcto?
El deposito es por una causa judicial x alimentos que tiene mi sra con su ex pareja y siempre lo cobra x ventanilla y nada tiene que ver con anses. No entiendo porque ahora nos dijeron lo contrario. Por favor necesitariamos saber si esto es correcto o no para tomar las medidas necesarias.
Muchas gracias.
Christian
No entiendo a que tarjeta te referis? Alimentos? ANSES? no entiendo
Hola Graciela,
Mi consulta es la siguiente, yo nunca inicie el trámite por prenatal y ahora tengo inconvenientes para cobrar mi sueldo correspondiente a la licencia por maternidad. Sabrías decirme cuales son los pasos a seguir para cobrar el mismo? tengo que presentar el formulario 2.55 de todas maneras ante ANSES? mi licencia con goce de sueldo terminaría el 10/10/10, tengo posibilidades de cobrar aunque ya haya transcurrido un mes y medio de nacido mi bebé? Desde ya muchas gracias, espero tu respuesta. Laura.
Laura
Pregunta a tu empresa si no presentaron ningun papel, y si el formulario 931 lo presnetaron indicando tu licencia y sueldo. De todas maneras yo lo entregaria urgente al formulario y reclamaria
la asignacion familiar durante el embarazo, es lo mismo que el prenatal?
estoy de 20 semanas y y me dijeron que a las 28 tengo que tramitar el prenatal el cual es una unica suma por unica vez, otros me dicen que el prenatal es la asignacion. yo estoy cobrando la asignacion familiar
ana laura
El prenatal se cobra a partir del 3 mes de embarazo hasta que nace el bebe, despues se cobra por hijo, la licencia por maternidad se cobra por 90 días, que pueden ser 30 antes y 60 despues ó 45 antes y 45 despues del parto. Supongo que estas cobrando prental cuando decis que cobras Asignación familiar?
HOLA MI HIJA ESTA EMBARAZADA ES SOLTERA Y ESTA DESOCUPADA LE CORRESPONDE COBRAR EL PRENATAL O NO
FABIAN
Desocupados no cobran prenatal
hola. queria saber cuanto pagan por prenatal? y por mujer? gracias
daniela
Ya preguntaste este tema anteriormente conyuge no se paga y prenatal es de acuerdo al tope salarial
http://www.econoblog.com.ar/4687/anses-asignaciones-familiares-octubre-2009-suaf/