Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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Hola soy noelia, estoy embarazada de 8 semanas queria saber que tramites tengo que hacer para cobrar?
Noelia
Pregunta incompleta tarbajas? tu empleador esta en el SUAF?
Hola, ya estoy a punto de tener a mi bebe la semana proxima, queria saber cuando me paga el estado la licencia por maternidad, son 3 meses? que voy a cobrar el mismo sueldo que me pagaban como administrativa o es una proporcion? presente los papeles estando de 16 semanas y ya me depositaron 2 veces el prenatal de $220, esta bien? quiero saber cuando voy a cobrar el sueldo y si me lo depositan en la cuenta sueldo igual q me depositaron el prenatal?
Carolina
Si presentaste todo bien completo seguro te lo van a pagar en el mismo banco donde cobras el prenatal. Recorda ANSES paga a los 60 días si tu licencia es a partir de febrero tu salario lo vas a cobrar en abril, aveces paga un anticipo en marzo y asi sucesivamente. Te deberian pagar tu sueldo completo en bruto, pero toman un promedio de los ultimos 3 mese. Para seguir estos y otros tramites por internet necesita obtener la clave de la seguridad social
http://www.econoblog.com.ar/2892/anses-guia-para-obtener-la-clave-de-la-seguridad-social/
mi duda era si la asignacion por hijo y la prenatal son las mismas ya q no se si puede cobrar la asignacion prenatal,trabajando en las cooperativas,y la asignacion por hijo se puede cobrar igual?
tengo 2 trabajos,me corresponde cobrar el prenatal,ya ke la suma de los 2 ingresos supera los 4800.desde ya gracias
Hola!! Estoy con licencia por maternidad y quisiera saber si el Anses me esta pagando correctamente.
Anses me paga la remuneracion bruta con retenciones y mi sueldo es mayor por los aumentos que dio el sindicado de comercio pero estos aumentos son exentos a descuentos y Anses no me lo esta pagando.
Como me corresponde cobrar? Segun la pagina tengo que cobrar lo mismo que en el trabajo.
Laura
Si lo mismo y un poco mas ya que tu sueldo no lleva descuentos. ANSES argumenta que saca un promedio