Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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Hola! Queria saber 3 cosas, en el formulario PS2.55 para el SUAF, piden del empleador el codigo de actividad, es el del afip? yo lo busque en internet y el de mi trabajo que es enseñanza inicial es 80100, o debo llamar a mi trabajo y consultarlo.
Otra cosa, tengo el formulario firmado y completado por el mi dr desde la semana 16, cuanto tiempo tengo para presentarlo, puedo hacerlo habiendo entrado en la semana 17 o debo volver a llenarlo.
Y por ultimo, estoy de 16 semanas, puedo ya iniciar la licencia por maternidad, ya que el anses suele tardar en procesar los pedidos, asi lo cobro en tiempo y forma y no pierdo cobros. Gracias!
Yo queria saber como tengo que hacer para poder cobrar el prenatal ya que yo trabajo en negro mas de 2 años, tengo obra social por parte de mi papa porque no soi mayor de 21. Me gustaria saber como tengo q hacer para poder cobrar?
Ayelen
El prenatal para lso desocupados, anunciado por la presidenta dijo que se implementaria recien en mayo, todavia no hay nada
hola yo estoy embarazada y recien de 8 semanas. trabajo pero en negro, mi pregunta es si puedo aun asi cobrar esto q ofrece anses. solo mi marido q es empleado de comercio podria cobrarlo?
noelia
Si te referis al prenatal? Si lo podria cobrar tu marido si trabaja en relación de dependencia
y cuando va a ser eso porq yo neesito si por favor y tambien quiero saber como ago para q me den la libreta de asignacion universal por hijo y la tarjeta
como hago para cobrar por embarazo yo estoy de tres meses y y no cobro y necesito saber como puedo hacer