Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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ahh perfecto, voy a consultarlo con ellos entonces si cargaron los datos.
Con respecto al pago de licencia por maternidad son 90 dias luego de que empiezo la licencia?
mucha gracias Graciela!!
Melisa
Si 90 días, el empleador tiene que tener una copia de lo que presentaste
Graciela otra pregunta, estoy en la semana 28 y quiero tramitar la licencia por maternidad, el tema es que mi obstetra no es la misma que me firmo el pre natal ya que cambie de profecional, eso influye en algo a la hora de presentar los papeles en Anses por maternidad con firma de otro profecional?
No recuendo la fecha que me puso la otra doctora de fecha probable de parto, tiene q ser la misma o puede variar algunos dias?
Espero respuesta, gracias!!!!!
Melisa
Tendira que ser la misma, no entregaste el formulario con copia a tu empleador? Recorda que siempre debe ser así con copia ya que tu emplaador carga los datos por internet
Buenos dias! Quisiera saber cuanto tiempo tarda la acreditacion del pre natal ya que hice el tramite el 22/03 y al dia de la fecha no lo acreditaron.
muchas gracias!!
Melisa
Tenes en cuenta que ANSEs paga a los 60 días marzo lo tenes que estar cobrando en este mes comienzan los pagos a partir del 12/05 por terminación de DNI ya voy a publicar un articulo con las fechas
Mi nombre es Luciana y soy empleada en relacion de dependencia. trabajo en un area comercial y estoy dentro de convenio, por lo cual cobro los acuerdos. mi sueldo es variable tengo comisiones en blanco sobre las cuales me realizan retenciones sociales, es decir son remunerativas y figuran en recibo.
El asunto es que sali de licencia , tal como me dijo el anses en el tramite que ralice, el dia 15 de abril y al dia de hoy la empresa no sabe decirme que sueldo me correspo nde cobrar durante los tres meses.
Segun el anses debo cobral u promedio de los ultimos tres meses trabajadops ya que mi sueldo es variable. Pero que el sueldo debeb ser como si estuviera en actividad.
La empresa, que es quien debe informar al anses lo que me tienen que depositar, me dice que no me pagara los acuerdos ni las comisiones, es decir nada mas que mi sueldo basico y punto.
el sindicato me dice que me deben pagar los acuerdos.. en definitiva estoy a 20 dias de partir y no tengo idea que voy a cobrar.
a su vez la empresa, como me reintego el 15 de julio, fecha de cobro del aguinaldo, me dice que no me pagan el medio aguinaldo entero sino un proporcional a los meses trabajados del año??? esto es asi? no me corresponde el medio aguinaldo completo ya que tengo una antiguedad de dos años en la empresa??
espero sepanb responderme esto por que no se como y a quien reclamar ni tengo constancia de esto.
Saludos cordiales
Luciana
Luciaa
ANSES te va a pagar un promedio de los ultimos 3 meses, pero tu empleador debe aclarar en el formualrio 931 tu sueldo. Deciel que informe el promedio de los meses de lo contrario te perjudica no podes ganar menos. El aguinaldo es asi cuando cobras licencia por maternidad es Salario Familiar y sobre el no se paga aguinaldo
hola mi bebe tiene 2 meces y mi marido dejo de rabajar ahora como ago para que cobre lo de desempleado que dicto la presidenta
que papeles tengo que presentar ???????????
rebek
http://www.econoblog.com.ar/4288/requisitos-para-cobrar-la-asignacion-universal-por-hijo/