Mujer con carpeta de EconoBlog

Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal. Asignación Familiar por Maternidad: Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad. Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo […]

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.

Asignación Familiar por Maternidad:

  • Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.

2.  Asignación Prenatal:

  • Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado  por un Certificado Medico  que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.

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1.636 comentarios en “Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal”

  1. hola estoy embarazada de 6 meses, trabajo en negro de ac casi 6 años. que debo acr les reclame el prenatal varias veces y aun no me han dado respuesta de la empresa que trabajo

  2. Hola,tengo una duda, puedo hacer el tramite de la asignacion?, tengo 23 años soltera y no trabajo, soy estudiante universitaria y estoy en mi semana 17, o sea de 4 meses!.. en caso de que si se pueda, que debo presentar? Gracias…

  3. Graciela, tenias razon es como me decis hoy fui a hacer todas las averiguaciones, y me dijeron que tarde bastante con el tramite que ahora todo depende de la suerte, nadie me habia advertido de esto, estoy muy angustiada por eso, ahora los aportes de mi Obra social tambien quedan expuestos a esta situacion? puedo quedarme sin cobertura ya que ANSES DEPOSITARA entre 60 y 90 dias despues mi licencia?

    1. Alejandra

      Ok Pero te comento que ANSEs no deposita a la obra social es un salario familiar y no se paga ni jubilacion ni obra social, de todas maneras la cobertura te tienen que cubrir por los tres meses pero consultalo alli Gracias y suerte

  4. Ok, mil gracias Graciela,voy a consultar si puedo tomar esa alternativa ojala que me puedan dar un prestamo o si no algo se me va a tener que ocurrir.Gracias Nuevamente
    Saludos!

  5. Es decir que si la tramito en Junio que es el mes en el que me tomo la licencia en Julio no voy a cobrar lo que corresponde a ese mes? es decir, voy a tener que esperar hasta Agosto para cobrar mi sueldo? puede la empresa depositar el salario por maternidad y que ANSES lo reintegre en Agosto? perdón la insistencia.

    1. Alejandra

      No lo que puede hacer la empresa si es que puede es hacerte un prestamo y vos lo devolves, aveces en algunos casos aNSES da un anticipo en julio pero?¿?¿

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