Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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hola yo quisiera saber cuando me pagan el prenatal ya entrege los papeles y estoy esperando el pago, y los papeles para la ayuda escolar tengo que llevarlos al anses o a mi trabajo soy del sector privado gracias
Soledad
Toda documentación se presenta en ANSES con copia a tu empleador? Cuando presentaste la documentación? lo hiciste con copia a tu empleador?
http://www.econoblog.com.ar/15851/anses-cobro-de-la-ayuda-escolar-2012-formulario/
http://www.econoblog.com.ar/15822/fecha-de-pago-de-la-ayuda-escolar-2012/
hola soy natalia y estoy cursando mi 15 semana (decimo quinta)de embarazo soy empleada de comercio y en estos momentos estoy con licencia ginecologica por amenaza de aborto quisiera saber que tramites tengo que hacer? tambien tengo una nena de 4 años la cual va a diha sala en la escuela quiero saber si me ccorresponde la ayuda escolar? que papeles tengo que presentar? esperando una respuesta,desde ya muchas gracias.
natalia
Prenatal y asignacion por maternidad Formulario que indica el articulo y si cobras por Hija r la de 74 años te paso otro articulo que te indica los pasas para el cobro de la ayuda escolar
http://www.econoblog.com.ar/15848/formulario-por-internet-para-cobrar-ayuda-escolar-2012/
http://www.econoblog.com.ar/15851/anses-cobro-de-la-ayuda-escolar-2012-formulario/
nesecito turno para entregar la planilla del prenatal ,para cuando tengo turno
jose
Te paso un articulo ara guiarte a sacar el turno, mi consejo es que de paso cuando vas con el turno pidas la clave de la seguridad social Es util y te sirve luego para hacer el seguimiento de asignaciones famioliares, aportes jubiltorios, entre muchas cosas mas.
http://www.econoblog.com.ar/12060/sacar-turnos-en-la-oficina-de-anses-mas-cercana/
http://www.econoblog.com.ar/2892/anses-guia-para-obtener-la-clave-de-la-seguridad-social/
http://www.econoblog.com.ar/3747/obtenga-su-clave-fiscal-de-la-seguridad-social-por-internet/
Hola Graciela: Quisiera saber si me podes asesorar a quien reclamar. Mi tema es que sali de licencia por maternidad, me pagó el Anses, pero también mi empleador me depositó (por error del contador)el sueldo.Ahora que me reintegro yo les comunico el error y me quieren descontar no lo que cobré sino el «sueldo bruto», mas de lo que cobré y para eso quieren que les firme un recibo. Es un empleador dificil, no tengo sindicato porque no me dejan afiliar. A quien puedo reclamar?
eugenia
El contador te pago el sueldo bruto? Te tienen que descontar lo que cobrastes pero seguramente el problema esta en los aportes y contribuciones, pero no es tu culpa pedile que te descuente lo que te pagaron realmente y en cuotas, pero hablalo bien ya que tu empelador te va a decir por que no lo devolviste en el momento. Te pagaron los 3 meses?
Graciela, muchas gracias por tu respuesta.
Vi el artículo recomendado, pero tengo algunas consultas: a Anses le informo la opción 30-60 mediante el Formulario correspondiente, pero a mi empleador, cuando se lo tengo que informar?, en cuanto a la presentación ante Anses, cuando la tendría que realizar para cobrar en la misma fecha como si estuviera trabajando?.
Muchas gracias por tu ayuda.
Saludos.
Isabella
Siempre que presentas un papel en ANSES debe ser con copia a tu empleador. ANSES paga a los 60 días no en fecha