Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.
Asignación Familiar por Maternidad:
- Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.
2. Asignación Prenatal:
- Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
- Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
- Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por un Certificado Medico que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.
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Queria hacer una consulta, yo estoy de 32 semanas y a las 23 hice el tramite del prenatal, me dijeron que era retroactivo.. ahora entre el 24/01 al 13/02 lo estaria cobrando se supone.. mi pregunta es, me pagan este mes todo el retroactivo mas el mes?, además tengo el de maternidad a partir del 17/02 se suma el prenatal mas la maternidad, o es uno solo?, lo mismo con maternidad y nacimiento?…
La asignación tiene que figurar en el recibo de sueldo?
Gracias!
Mayra
ANSEs paga a los 60 días de presentar la documentación te tendria que pagar este mes y el retroactivo, La licencia tambien la paga a los 60 o sea dias de febrero lo vas a cobrar recien en abril. Nacimiento lo tenes que tramitar en el Correo Argentino a los 60 días de producido el acontecimiento y tambien lo ocbras a los 60 o 90 días dias de haber presentado la documentación. No se si respondi todo
Hola: Les hago una pregunte, durante mis dos primeros meses de licencia me abono anses el sueldo bruto, pero este ultimo mes me lo abono con los descuentos respectivos, como si estaria trabajando! No entiendo, no son tres meses de sueldo bruto? Agradezco info
Silvina
Si el parto se da en la fecha estipulada en el certificado son 90 días. ANSES no hace los descuentos
y como lo obtengo la clave
vanesa
http://www.econoblog.com.ar/2892/anses-guia-para-obtener-la-clave-de-la-seguridad-social/
http://www.econoblog.com.ar/3747/obtenga-su-clave-fiscal-de-la-seguridad-social-por-internet/
hola queria saber cunado cobro el prenatal mi numero de tramite es
vanesa
seguimiento por Internet
Necesitas tener la clave de la seguridad social
http://www.econoblog.com.ar/3747/obtenga-su-clave-fiscal-de-la-seguridad-social-por-internet/
http://www.econoblog.com.ar/2892/anses-guia-para-obtener-la-clave-de-la-seguridad-social/
hola , yo inicie los tramites para cobrar por embarazo , pero tengo una duda , yo estoy desempleada , soy madre soltera , pero tengo la mutual de mi padre . Quiero saber si habra algun problema con esto?