Mujer con carpeta de EconoBlog

Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal. Asignación Familiar por Maternidad: Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad. Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo […]

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.

Asignación Familiar por Maternidad:

  • Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.

2.  Asignación Prenatal:

  • Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado  por un Certificado Medico  que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.

1.636 comentarios en “Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal”

  1. Te hago una pregunta,mi mujer puede cobrar el prenatal,sin trabajar,pero yo trabajando y haciendo los trámites yo como trabajador con relación de dependencia?

  2. hola queria hacerte una consulta, yo entregue el formulario el 04/06, mi licencia empezaría el 22/07, llego a cobrar el sueldo por ANSES. y de no ser asi ya no lo cobraria ni por mi empresa?

    1. alejandra

      La empresa no tiene la culpa que vos presentaste tarde el certificado aNSES tendria que pagarte ya que paga a los 60 días julio lo cobrarias recien en enseptiembre

  3. Hola quisiera saber si siendo monotributista me corresponde cobrar el prenatal y salario por hijo. Estoy con un embarazo de 19 semanas. Gracias

  4. Hola. El estoy de 33 semanas y el mes pasado hice el tramite x pre natal. Me dijeron que esye mes (mayo) iba a cobrar el retroactivo y aun no me depositaron nada, y en la pagina de consultas figura que no tengo nada en tramite. Alguien sabe por que es?

    1. lourdes

      No se quien te habra dicho este mes, ya que ANSES tarda entre 60 y 90 días volve a quien t lo dijo y consulta

  5. Hola, yo hice hice el tramite en febrero y la FPP era el 13 de abril, mi licencia arranco el 13 de marzo, todavia no cobre me podrias decir si tengo que reclamar el sueldo o es normal estos plazos?

    gracias

    1. alicia

      DEberias cobras a partir del 13 de marzo ANSES salario marzo lo paga en mayo, abril en junio y asi sucesivamente

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