Mujer con carpeta de EconoBlog

Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal. Asignación Familiar por Maternidad: Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad. Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo […]

Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a maternidad y prenatal.

Asignación Familiar por Maternidad:

  • Es una suma de dinero que se abona a la trabajadora compuesta de Remuneraciones Fijas: Igual a la que la trabajadora hubiera percibido en su trabajo. Remuneraciones Variables: Son aquellas que difieren en el salario de la trabajadora cualquiera sea su motivo de diferencia, sacándose un promedio de los últimos tres (3) meses cobrados tomando la base anterior a la licencia por maternidad.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, hasta el ultimo día de la finalización de licencia por maternidad respectiva. Si presentara los papeles con posterioridad a la finalización de la licencia pierde el derecho al cobro de la misma.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses. Si el plazo se alcanza durante la licencia se abonaran los días restantes. Para el caso de trabajadoras por temporada debe darse la licencia en el periodo durante la temporada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado por una copia autenticada por el empleador del Certificado Medico con el que la trabajadora notifico a su empleador de su estado de embarazo y le solicito la licencia por Maternidad, en el que conste la fecha de emisión, tiempo de gestación y fecha probable de parto. En el caso de Nacimiento Pre termito Certificado medico donde conste las semanas o meses d gestación y si el alumbramiento se produjo con o sin vida. Es aconsejable presentar los Formularios y certificados ante las Oficinas del ANSeS con anterioridad al goce de la licencia para que la liquidación llegue a termino con la misma.

2.  Asignación Prenatal:

  • Es una suma de dinero que se abona durante los nueves meses de embarazo.
  • Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, entre el tercer (3) mes doce (12) semanas de gestación y el 6to. (6) mes o treinta (30) semanas para poder cobrarlo integro, si lo presenta con posterioridad al 6to. (6) mes solo percibirla el importe por los meses que resten desde la fecha de la presentación hasta producido el parto o interrupción del embarazo, si lo presenta después del nacimiento o interrupción del embarazo no corresponde el pago.
  • Los requisitos son una antigüedad mínima y continuada  en el empleo de tres (3) meses al momento de la concepción, la antigüedad condiciona los meses d cobro pero no impide que se perciban las mensualidades u prestan a partir de la fecha que adquiera la antigüedad, además debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos. Se abona independientemente del estado civil de la mujer. si el que la solicita es un hombre debe acreditar ante el ANSeS la relación de convivencia o de matrimonio con la mujer embrazada.
  • Documentación: Deberá presentar Formulario PS 2.55 uno por cada empleo que posea la trabajadora, debidamente cumplimentado. El rubro 6 puede ser reemplazado  por un Certificado Medico  que contenga los datos de la trabajadora Nombre y Apellido, Tipo y Numero de Documento de identidad, fecha probable de parto, meses o semanas d gestación, fecha del certificado medico, Nombre y Apellido del Medico, tipo y numero de matricula del medico y tiene una validez de treinta (30) dichas contado a partir de la fecha de su emisión. Titular Masculino casado: Original y copia de la Partida de Casamiento. Titular masculino en concubinato: Información sumaria Judicial o Policial que acredite la convivencia. original y copia del Certificado de Nacimiento dentro de los ciento veinte (120) dichas de ocurrido.

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1.636 comentarios en “Asignaciones Familiares, Maternidad y Prenatal”

    1. sandra

      Ninguno no tenes sueldo es un salario Familiar pero la obra social debe continuar atendiendote ya que por 3 meses es por Ley, salvo que ademas del aporte pagues alguna diferencia y eso lo tenes que arreglar con la obra social

  1. Quería saber que documentación necesito para el tramite por maternidad y prenatal, yo trabajo en relación de dependencia en una empresa y mi pareja también, pero no estamos casados ni tenemos certificado de concubinato. Me conviene hacer el certificado de concubinato?
    Solo tendría que tramitar el prenatal y la licencia por maternidad? Porque he escuchado algo de las asignaciones por hijos?

    Muchas Gracias!!

      1. Gracias por la info!! Te hago otra consulta, necesito hacer el certificado de concubinato con el padre de mi futuro hijo? Porque vi que en el formulario para licencia por maternidad hay que completar los datos del progenitor, y he escuchado casos de que Anses despues no quiso pagar los 90 dias de licencia por no estar casados ni en concubinato, sera verdad?

        Muchas Gracias!!
        Saludos!!

      2. Luciana

        El pago de la licencia es para mujeres y no escuche nunca eso ed que no le pagaron por no tener pareja, pero si completa los datos del futuro papá

  2. Hola soy trabajadora , estoy embarazada y tengo fecha para el 1/9. presente documentacion en mayo. de mi trabajo siempre me pagan los primeros dias del mes y anses me dijeron q cobraria despues del 20. casi 1 mes atrasado y mi licencia corre desde agosto a noviembre/ 30 dias antes del parto y 60 dias despues… el sueldo de agosto lo cobraria el 20 de septiembre????Creo esto es una falta total de respeto y en vez de ser una ventaja es un gran dolor de cabeza… en vez de facilitar anses es lo contrario el colmo seria que tengo que sacar un credito para cubrir mis impuestos y obligaciones mensuales (ej. Alquiler) como se hace para pagar las cuentas si los vencimientos son anteriores mas las responsabilidades que uno tiene de pagos…bueno no se si esto sera asi si se puede consultar de alguna forma y que anses respete la fecha en la que habitualmente cobro sueldo. Gracias

    1. Majo

      ANSES paga el salario familiar a los 60 días por lo que Agosto lo paga en octubre, en algunos caso en septiembre paga un anticipo

  3. Hola queria hacer Una consults, hoy con fecha 266\15 estoy embarazada 24 semanas. El trabaja en Blanco y tenemoa certificado de convivencia desde el 20 de mayo del 2015. Queria saber si le pagaran integro el prenatal es decor los 6 meses y aproximadamente cuando y Cuanto es. Much as gracias

  4. hola realice el tramite del prenatal el 19 de mayo 2015 yo estoy en blanco y mi mujer no, cuanto es el plazo q tengo q esperar para saber si ya depositaron y donde me fijo……mi otra consulta se puede agregar el cbu para cambiar la forma de pago ya q en anses m dijeron q por ventanilla

    1. victor

      Mayo ANSES lo paga en julio por lo que cobrarías el prenatal en julio y siempre es conveniente llevar el CBU para que te depositen en tu cuenta

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