Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a hijo, hijo con discapacidad y ayuda escolar anual.
- Asignación Familiar por Hijo
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo menor de dieciocho (18) años de edad que se encuentre a cargo del trabajador. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela o adopción de un menor.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, o en el Correo Argentino.
- Los requisitos son que el hijo sea menor de 18 años, resida en el país, sea soltero, se encuentre a cargo del trabajador, aunque trabaje en relación e dependencia, o perciba algún beneficio social. Debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos.
- Documentación: Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Carda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. S el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres menores de 18 años y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
2. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado:
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo discapacitado que se encuentre a cargo del trabajador sin tope de Remuneración y sin limite de edad, Se necesita estar Autorizado el cobro por ANSeS. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales con discapacidad siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela, Adopción, Curatela a la Persona o Pariente por consanguinidad o afinidad, comprendido en los artículos 367 y 368 del Código Civil.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS.
- Los requisitos son contar con autorización Expresa de ANSeS. Hijos discapacitados sin limites de edad, residentes en el país, solteros, viudos, divorciados o separados legalmente a cargo del trabajador, aunque trabajen en relación de dependencia o perciban algún beneficio social. No rigen topes remuneratorios.
- Documentación: Autorización Expresa de ANSeS. Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Guarda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. Si el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
3. Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual
- Es una suma de dinero que se abona una vez al año, por cada hijo que concurra a un Establecimiento Oficial o Privado incorporado a la enseñanza oficial donde se imparta la educación inicial, general básica o polimodal. También para el caso de los hijos discapacitados que cuenten con la autorización expresa de ANSeS, se abona cuando cuentan con enseñanza Diferencial o Rehabilitación.
- Se debe presentar la documentación en la oficina s de ANSeS dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo/Tratamiento de Rehabilitación si ANSeS no efectivizo el pago en forma masiva. Forma Masiva es cuando ANSeS realiza el pago en forma anticipada sin presentación de la documentación.
- Los requisitos son tener derecho al cobro de la Asignación por hijo o hijo discapacitado. No rigen topes mínimo ni máximos de remuneración, para la ayuda escolar anual para hijos con discapacidad.
- Documentación: Solo cuando el trabajador no haya percibido por parte de ANSeS en forma masiva o bien cuando ANSeS lo requiera expresamente: Original del Formulario PS.2.51 que incluye el certificado escolar o Certificado de Maestro particular o Tratamiento de Rehabilitación.
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Antes del cambio de sistema, yo cobraba por la empresa que trabajo la asignacion por hijo discapacitado, desde que el sistema cambio..y hasta ahora Anses NUNCA MAS ME PAGO.
La jefa de RRHH donde trabajo tuvo que presentar toda la papeleria otra vez porque segun me dijeron les salia la edad de mi hija (22 años)pero no que era discapacitada,loque es una barbaridad, tiene sindrome de down y siempre lo cobre.Me deben desde noviembre del año pasado. Por favor Graciela, decime que datos necesitas para que me averigues vos o me digas que tengo que hacer. Te agradezco de corazon.
Maria Ana:
Si tu sueldo bruto es menor a $3.600.- te lo tienen que pagar salvo que la mepresa haya presentado algun formulario mal. Podes hacer el seguimiento via internet en la pagina de ANSeS «Tramites en linea» » Cobro de asignaciones familiares» lo hiciste que te dice?
Hola.soy de Sta.Cruz: un hijo discapacitado mayor, sin curatela necesaria pued obligar al padre,jubilado de la provincia a cobrar salario familiar, ya q este se niega y no encuentro legislacion de esta provincia.no x anses sino x Caja de servicios sociales de Sta Cruz.la legidlacion nacional se debe aplicar en temas de la provincia?Muchas gracias
Srees. Anses mi pregunta es, si ya que por telefono al 130 no se puede acceder a la opcion de ser atendida ,para solicitar turnos,y por internet tampoco, cual es el medio?. necesito tramitar la asignacion por escolaridad de mis dos hijos y la asignacion familiar correspondiente por cada uno de ellos. mi empleador se encuentra en el SUAF.y mi fecha de ingreso es 01/04/2008.mis datos estan acreditados en la base de datos de Anses, y de igual forma no puedo acceder al sitio correspondiente a los turnos.Espero me contesten a la brevedad. Atte,gracias
hola mi padre fallecio y quiero saber si me sirve el certificado de concubinato de mas de 30años que tienen. para que mi madre(69) pueda cobrar su pension y jubilacion por ama de casa. mi padre tenia un salario por mi hermano discapacitado(.r.mental)ahora se transforma en pension para el o lo cobra mi madre? voy a ser su apoderado porque mi madre le cuesta caminar. puedo hacer todos los tramites en el anses sin necesidad de movilizarlos a ellos? el pami me cubre1000 por el sepelio tengo otro subsidio de mi padre por parte del anses o de su banco en el cual cobraba?: cuanto tarda en salir estas pensiones?necesito ayuda ya que con mi sueldo no se como voy a afrontar esto.
fabian
llama al 130 y pedi un turno con DNI en mano tuyo de tu hermano y de tu mama recibo de sueldo Seguro $1000.- se tramita en el correo argentino
Hola, estoy en concubinato y mi pareja tiene un hijo de 7 años de soltera que tiene su apellido. Yo trabajo en relacion de dependencia y quisiera saber si puedo cobrar asigaciones familiares por él y si tengo que hacer un papel aparte del concubinato. saludos