Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a hijo, hijo con discapacidad y ayuda escolar anual.
- Asignación Familiar por Hijo
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo menor de dieciocho (18) años de edad que se encuentre a cargo del trabajador. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela o adopción de un menor.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, o en el Correo Argentino.
- Los requisitos son que el hijo sea menor de 18 años, resida en el país, sea soltero, se encuentre a cargo del trabajador, aunque trabaje en relación e dependencia, o perciba algún beneficio social. Debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos.
- Documentación: Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Carda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. S el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres menores de 18 años y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
2. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado:
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo discapacitado que se encuentre a cargo del trabajador sin tope de Remuneración y sin limite de edad, Se necesita estar Autorizado el cobro por ANSeS. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales con discapacidad siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela, Adopción, Curatela a la Persona o Pariente por consanguinidad o afinidad, comprendido en los artículos 367 y 368 del Código Civil.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS.
- Los requisitos son contar con autorización Expresa de ANSeS. Hijos discapacitados sin limites de edad, residentes en el país, solteros, viudos, divorciados o separados legalmente a cargo del trabajador, aunque trabajen en relación de dependencia o perciban algún beneficio social. No rigen topes remuneratorios.
- Documentación: Autorización Expresa de ANSeS. Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Guarda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. Si el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
3. Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual
- Es una suma de dinero que se abona una vez al año, por cada hijo que concurra a un Establecimiento Oficial o Privado incorporado a la enseñanza oficial donde se imparta la educación inicial, general básica o polimodal. También para el caso de los hijos discapacitados que cuenten con la autorización expresa de ANSeS, se abona cuando cuentan con enseñanza Diferencial o Rehabilitación.
- Se debe presentar la documentación en la oficina s de ANSeS dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo/Tratamiento de Rehabilitación si ANSeS no efectivizo el pago en forma masiva. Forma Masiva es cuando ANSeS realiza el pago en forma anticipada sin presentación de la documentación.
- Los requisitos son tener derecho al cobro de la Asignación por hijo o hijo discapacitado. No rigen topes mínimo ni máximos de remuneración, para la ayuda escolar anual para hijos con discapacidad.
- Documentación: Solo cuando el trabajador no haya percibido por parte de ANSeS en forma masiva o bien cuando ANSeS lo requiera expresamente: Original del Formulario PS.2.51 que incluye el certificado escolar o Certificado de Maestro particular o Tratamiento de Rehabilitación.
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hola somos paola y daniel,papas de lourdes niña de10 años.con paralisis celrebral,quisieramos saver cuanto tiempo mas tenemos que esperar para comensar a cobrar,ya hace 9 meses que inisiamos los tramites!!por favor respondan,gracias.
daniel
Para responder hace faltan todos los datos. Que quiren cobrar?
hola soy daiana de y yo hice el tramite y queria saber si ya me salio?
quisiera saber si a mi hijo discapasitado le corresponde la asignacion pues el tiene una pension graciable
hola ,,me podrian orientar ,aproximadamente cuanto serian los honorarios de un escribano por realizar una declaracion jurada para mi hijo, la cual es requerida para ingresar al servicio penitenciario..
muy amables
gracias saluda atte
jorgelina d
el 27 septiembre te mande una respuesta hasta la fecha no hay contestacion. por error administrativo de la oficina de punta alta pcia. buenos aires me paso esto, tan solo te pregunte si habia una posibilidad de percibir la asignacion por discapacidad desde la fecha en que mi hijo nacion.
mariano
Tenes que ir a ANSES y hacer el reclamo, si es culpa de ello quizas te lo reconoscan pero habría que ver el tiempo que paso y si hiciste los reclamos correspondientes