Las personas que deseen realizar los tramites para cobrar por medio de ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) con el sistema de Asignaciones Familiares, Sistema Único, SUAF, las asignaciones correspondientes a hijo, hijo con discapacidad y ayuda escolar anual.
- Asignación Familiar por Hijo
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo menor de dieciocho (18) años de edad que se encuentre a cargo del trabajador. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela o adopción de un menor.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS, o en el Correo Argentino.
- Los requisitos son que el hijo sea menor de 18 años, resida en el país, sea soltero, se encuentre a cargo del trabajador, aunque trabaje en relación e dependencia, o perciba algún beneficio social. Debe percibir una remuneración dentro de los topes establecidos.
- Documentación: Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Carda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. S el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres menores de 18 años y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
2. Asignación Familiar por Hijo Discapacitado:
- Es una suma de dinero que se abona por cada hijo discapacitado que se encuentre a cargo del trabajador sin tope de Remuneración y sin limite de edad, Se necesita estar Autorizado el cobro por ANSeS. También la pueden reclamar los abuelos de nietos naturales con discapacidad siempre que los padres sean menores de 18 años y convivan con el abuelo el nieto y sus padres. También se abona al trabajador que tenga la Guarda, Tenencia, Tutela, Adopción, Curatela a la Persona o Pariente por consanguinidad o afinidad, comprendido en los artículos 367 y 368 del Código Civil.
- Se debe realizar el tramite para la correspondiente liquidación en la oficinas de ANSeS.
- Los requisitos son contar con autorización Expresa de ANSeS. Hijos discapacitados sin limites de edad, residentes en el país, solteros, viudos, divorciados o separados legalmente a cargo del trabajador, aunque trabajen en relación de dependencia o perciban algún beneficio social. No rigen topes remuneratorios.
- Documentación: Autorización Expresa de ANSeS. Original y copia de la Partida de Nacimiento. en el caso de Guarda/Tutela: Original y copia del testimonio Judicial. en caso de Tenencia: Original y copia del Testimonio judicial de Tenencia u original y copia de Acuerdo entre partes realizado por un Mediador Matriculado del Ministerio de Justicia y copia de la Nación, Escribano Publico o ante la justicia competente o Formulario PS 2.46 o Acuerdo Privado con firma certifica ante Escribano Publico, entidad bancaria o autoridad judicial competente. Si el reclamante es el abuelo debe presentar Partidas de Nacimiento de los padres y del nieto, Información sumaria para acreditar la convivencia y que tiene a cargo a su hijos y nieto, junto con una Declaración Jurada que su hijo no se encuentra en relación de dependencia.
3. Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual
- Es una suma de dinero que se abona una vez al año, por cada hijo que concurra a un Establecimiento Oficial o Privado incorporado a la enseñanza oficial donde se imparta la educación inicial, general básica o polimodal. También para el caso de los hijos discapacitados que cuenten con la autorización expresa de ANSeS, se abona cuando cuentan con enseñanza Diferencial o Rehabilitación.
- Se debe presentar la documentación en la oficina s de ANSeS dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo/Tratamiento de Rehabilitación si ANSeS no efectivizo el pago en forma masiva. Forma Masiva es cuando ANSeS realiza el pago en forma anticipada sin presentación de la documentación.
- Los requisitos son tener derecho al cobro de la Asignación por hijo o hijo discapacitado. No rigen topes mínimo ni máximos de remuneración, para la ayuda escolar anual para hijos con discapacidad.
- Documentación: Solo cuando el trabajador no haya percibido por parte de ANSeS en forma masiva o bien cuando ANSeS lo requiera expresamente: Original del Formulario PS.2.51 que incluye el certificado escolar o Certificado de Maestro particular o Tratamiento de Rehabilitación.
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si su papa tiene pension x discapasidad la minima ,con hijo discapasitado ,tiene derecho a un salario ‘MARTA….
600 solo por el hijo con discapacidad
marta
No se lo que te respondi voy respondiendo por orden Siempre necesito las preguntas completas
gracias por su respuesta y entonces. por que mi marido cobre 780 pesos por 2 salarios y uno con discapacidad son 3 hijo y uno con disc.. y solo le pagan 780 en total no le tendrían que pagar 600
hola mi marido cobra por mi hijo con discapacidad… por que le descuenta cuando el supera una cantidad x de plata si nos dijeron que el salario de el no se lo tocan.. y cuanto es lo que le tendrían que pagar?? gracias
marta
Si hay topes para el cobro lo que pasa es que no lo deja de percibir los topes son
IGF hasta $ 3.200.- cobra $ 1.200.-
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- cobra $ 900.-
IGF superior a $ 4.401.- sin tope $ 600.-
Lo entendes?
quien me puede ayudar con una pension por invalidez tramitada hace 2 años en neuquen y quee todavia no sale.Realmente la necesitamos porque no tenemos ninguna ayuda de ningun tipo y ya no podemos palear tantos remedios e insumos gracias .
Si alguien me escribe el mail es :
GRACIAS