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Prórroga de AFIP para Puente Fiscal

Prórroga de AFIP para Puente Fiscal, plan de facilidades de pago que permite refinanciar deudas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció una prórroga para el Puente Fiscal hasta el 30 de noviembre de 2017. Hasta antes de otorgar esta extensión del plazo, la adhesión a dicho plan de facilidades de pago que permite refinanciar deudas impositivas vencía el 31 de octubre. Los contribuyentes interesados en cancelar sus obligaciones impagas por medio de este régimen deben adherirse al mismo mediante www.afip.gob.ar con la Clave Fiscal.

El Plan Puente Fiscal de AFIP sirve para que los contribuyentes puedan regularizar las deudas tributarias, de os recursos de la seguridad social, retenciones, percepciones e intereses generados.

El régimen permite que se cumplan con los compromisos que no han podido ser incluidos en los planes permanentes de pago o la pasada moratoria. Además, el mismo permite refinanciar las deudas que se contrajeron del 1ero de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017.

¿Qué puedo adherir al Puente Fiscal?

  • Deudas vencidas del 1° de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017, inclusive.
  • Deudas vencidas al 31 de mayo de 2017, inclusive, generadas por una actividad principal vinculada a los servicios de salud y/o enseñanza.
  • Deudas provenientes de planes de pagos vigentes implementados por el Plan Permanente (RG 3827) que comprenda obligaciones con vencimiento entre el 1° de junio de 2016 y 31 de mayo de 2017, inclusive.
  • Deudas incluidas en los anteriores incisos que hubieran sido incorporadas en planes anulados, rechazados o caducos.

Aquellos sujetos que deseen realizar la adhesión al Puente Fiscal deben acceder a la página del Fisco Nacional con su CUIT y Clave Fiscal; e ingresar en el servicio «Mis Facilidades».

Cabe señalar que la prórroga fue otorgada el día de la fecha por medio de la publicación de a Resolución General 4148 en el Boletín Oficial.

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