La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que la asignación por Ayuda Escolar Anual 2010 será de $170.- por hijo y la cobraran los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y los beneficiarios del Fondo de Desempleo. Los trabajadores cuyas Empresas se encuentren incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, la cobrarán entre los meses de marzo y abril, todo aquel que tenga derecho al cobro de la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad.
ANSES informó mediante un comunicado, que los trabajadores que prestan servicios en relación de dependencia y sus empleadores, aún no están incorporados al SUAF percibirán la Asignación por Ayuda Escolar Anual junto con su sueldo del mes de febrero. Además la cobraran los jubilados y pensionados y los beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
Diego Bossio, director ejecutivo de ANSES, destacó que:
“así como desde el Gobierno nacional se implementó la asignación universal por hijo para dar cobertura de salud y educación a los niños y adolescentes de los trabajadores informales y desempleados, la ayuda escolar que paga la ANSES todos los años a los trabajadores en actividad es una contribución que permite afrontar los gastos del inicio del ciclo lectivo”.
La Asignación de Ayuda Escolar Anual se paga por los alumnos de trabajadores en relación de dependencia de todo el país, que concurren a establecimientos donde se imparta enseñanza de Nivel Inicial, EGB, Polimodal o Primaria y Secundaria. También, cuando el hijo con discapacidad concurre a establecimientos en los cuales se dicta enseñanza diferencial o rehabilitación, inclusive cuando sea impartida por maestros particulares con matrícula habilitante, en este caso es sin limite de edad.
Esquema de Pagos | |
Trabajadores en Relación de Dependencia cuyos Empleadores están incorporados al SUAF | Marzo y Abril |
Trabajadores en Relación de Dependencia cuyos Empleadores NO están incorporados al SUAF | Sueldo de Febrero |
Jubilados y Pensionados | Certificado de inicio de ciclo lectivo o formulario PS 2.51 |
Beneficiarios de la Prestación por Desempleo | Certificado de inicio lectivo o formulario PS 2.51. |
La documentación debe obligatoriamente ser presentada a los 120 (ciento veinte) días de iniciado el ciclo lectivo, en las Delegaciones de ANSES con copia a su empleador cuando las empresas no están incorporadas al SUAF y en el los casos de que el empleador NO este incorporado al SUAF presentarlo en la Empresa donde presta servicios. De no cumplir este requisito el empleador deberá descontar el pago de la Ayuda Escolar Anual realizado.
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mi nene va a sala de 4 en un colegio privado, queria saber que tengo que presentar para cobrar la ayuda escolar…
de mi otra hija la cobro en estos dias pero la de el me dijeron que no la voy a cobrar si no hago un tramite
gracias
ANA
http://www.econoblog.com.ar/10759/anses-requisitos-y-formularios-para-cobrar-la-ayuda-escolar/
hola queria saber cuando tengo que presentar la libreta en anses orta ves para que me pagen la escolaridad de mis hijos de 5 años y de 2 años egradesco que me informen gracias
isabel
Libreta? Ayuda escolar? no entiendo
hola. mi hija concurre a sala de 4 en jardin privado. le corresponde ayuda escolar?
gracias!!
silvina
lee este comentario
http://www.econoblog.com.ar/10755/anses-%C2%BFcomo-cobro-la-ayuda-escolar/
Me parece TOTALMENTE INJUSTO QUE LA ASIGNACION NACIONAL POR HIJO COBRE LO MISMO QUE LOS TRABAJADORES A LOS QUE NOS DESCUENTAN MUUUUUCHOOOOOO DE NUESTRO SUELDO,Y HASTA AYUDA ESCOLAR COBREN IGUAL QUE A LOS QUE NOS DESCUENTAN ES MUY MUY INJUSTOOOOOOOOOOOO
hola mi duda es la siguiente tengo una nena que esta comenzando a cursar sala de 3 en un jardin publico. y mi duda es si me corresponde la ayuda escorar anual
Adriana
http://www.econoblog.com.ar/10755/anses-%C2%BFcomo-cobro-la-ayuda-escolar/