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AFIP: Ampliación de vigencia del VEP

Ampliación de vigencia del VEP de AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) realizó una ampliación de la vigencia del VEP (Volante Electrónico de Pago) que generan los contribuyentes para cancelar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Con la ampliación, los VEPs generados desde la página del organismo recaudador (www.afip.gob.ar) expiran a los 30 días corridos, anteriormente eran 25 días, desde su emisión.

Al momento de realizar el anuncio, AFIP indicó que la decisión que efectuar la ampliación de la vigencia del VEP es para facilitar a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones y estén al día.

Si bien la regla general es que la nueva vigencia es de 30 días, se tiene que prestar atención dado que algunos de los Volantes Electrónicos de Pago sólo duran un día dependiendo del impuesto del cual se trate.

¿Cuál es la vigencia del VEP de AFIP?

Tipo de VEP Vencimiento
General: Obligaciones impositivas, recursos de la seguridad social y aduaneras 30 días corridos a partir del día siguiente a su generación
Liquidaciones de exportación (LAEX) A las 24:00 hs. del día de su generación
Envíos Postales Internacionales A las 24:00 hs. del día de su generación
Pago a cuenta Mis Facilidades A las 24:00 hs. del día de su generación
Rehabilitación cuotas Mis Facilidades A las 24:00 hs. del día de su generación
Pago a cuenta Faenadores A las 24:00 hs. del día siguiente a su generación
Liquidación de intereses La misma fecha del cálculo de intereses

Una vez generado, el VEP tiene resaltada en color rojo su fecha de vencimiento. Aparte, las entidades de pago informan la misma en sus sitios web.

Esta medida es tomada en el marco del programa Efectivo Cero que lleva adelante el Fisco Nacional.

3 comentarios en “AFIP: Ampliación de vigencia del VEP”

  1. Les hago una consulta, con esta medida si a mí el IVA me vence el 23/01 y el vep que genere vence el 14/2 cual es el vencimiento que tengo que respetar para que no caiga el beneficio de pagarlo a los 90 días.

    1. Ana moratoria vence 19/07/2017 y si tenes 60 años porque tenes que esperar hasta marzo?? impedimento http://www.econoblog.com.ar/25065/impedimentos-para-jubilarse-sin-aportes-con-la-moratoria-de-la-anses/ moratoria abarca desde que cumpliste 18 años y hasta diciembre de 2003, lo que falta para llegar a los 30 años de aportes debes realizarlo antes de iniciar el tramite jubilatorio

      http://www.econoblog.com.ar/40589/anses-debo-anotarme-al-monotributo-para-jubilarme-sin-aportes-con-moratoria/

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