El pago de la Asignación por Matrimonio es realizado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) por única vez a los beneficiarios del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los requisitos para cobrar la prestación e indica la documentación requerida para tramitarla en la oficina del organismo previsional con turno previo, el cual se puede sacar por Internet desde la página www.anses.gob.ar.
La Asignación Familiar por Matrimonio es abonada por el Estado Nacional a los empleados en relación de dependencia a uno o ambos conyugues, dependiendo si trabajan o no los dos.
La tramitación debe ser realizada por los titulares dentro de los dos meses y dos años de haber sido celebrada la boda. Para ello, el beneficio tiene que solicitar un turno en ANSES por teléfono al 130 o por Internet desde www.anses.gob.ar (Turnos, Sacar Turno y Asignaciones Familiares).
¿Quiénes cobran Asignación por Matrimonio?
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Titulares de la Prestación por Desempleo.
- Titulares de una Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART).
- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Requisitos de Asignación Familiar por Matrimonio
- Tener registrada la información personal y familiar en la base de ANSES.
- Los Ingresos del grupo familiar (IGF) deben encontrarse dentro de los topes mínimo y máximo.
- Tener una antigüedad mínima de 6 meses en el puesto de trabajo al momento de contraer matrimonio.
Documentación requerida para tramitar el cobro
- Nota solicitando el cobro de la Asignación Familiar.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) de ambos cónyuges en original y copia.
- Partida de Matrimonio en original y copia.
Cabe señalar que este beneficio no se paga a los trabajadores independientes inscriptos en el Monotributo ni a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Tampoco se paga a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni por Embarazo para la Protección Social.
Yo puedo cobrar la asignación???? llevo 24 años de casada trabajamos los dos puedo cobrar??la asignación???
Elsa el plazo es de dos años para cobarla
Hola es solo para casados.. Unicamente los de concubinato no..
Concubinato no, es por Matrimonio
Buenos días yo hice el trámite en mayo del 2019 y todavía no me lo pagan desde ese momentos me pone consulte en 72 horas su trámite esta siendo analizado
Hol buen dia yo queria preguntar yo me cace hace un año y mk matido y yo somos desocupados podemos cobrarlo o no grasias
Alejandra NO, Asignación por Matrimonio lo cobran los trabajadores en relación de dependencia
Ea un pago por única vez apenas te casas. Tenes q tramitaron antes de casarte…y es un monto q sólo le paga 1 sola vez. Es como una recompensa por contraer matrimonio.
Tenemos 24 años de casados
Hola me casé hace 11 meses y actualmente mi esposo cobra fondo de desempleo. Podemos hacer el trámite. Yo cobro AUH. Gracias
Hola. No. Es un pago de 1 sola vez … eso se tramita hasta 15 días antes de casarte. Es como una recompensa por haber contraído matrimonio. Y es sólo para los trabajadores es relación de dependencia. Es decir en blanco. Ya que piden papeles..como licencias y certificados del juez