La AFIP publico la Resolución General Nº 2.468 el día 22 de julio mediante la cual sustituye a la resolución General Nº 2.245 relativa a las condiciones, requisitos, formalidades y términos que deberán cumplimentar para comunicar la comunicación de reorganizaciones societarias, fondos de comercios, empresas o explotaciones contempladas en el articulo 77 de la Ley del Impuesto a las Ganancias que se realicen a partir del 1º de septiembre de 2008 las mismas deberán:
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Ingresar a la pagina de la AFIP Sesión Guía de Trámites allí encontrara la siguiente información:
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Objetivo
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Procedimiento para efectuar la comunicación
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Solicitud de autorización previa ante la AFIP
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Aceptación o rechazo de las presentaciones
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Cambio o abandono de la actividad – Cambios de Participación
Las comunicaciones que se efectúen con anterioridad al 1º de septiembre de 2008, seguirán efectuándose conforme a las pautas previstas en la Resolución General N° 2.245 (DGI).
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