Cuadernos con logo de la AFIP

Certificación de Servicios por Internet

 Un tema que se viene hablando desde el año pasado será implementado a partir del 1º de agosto de 2008 y es la implementación de la realización de la Certificación de Servicios vía Internet, lo que deberán tener en cuenta los empleadores que deban emitir una Certificación de Servicios para los trabajadores que terminen las relaciones laborales, el servicio se encontrara disponible en la pagina Web de la AFIP a partir del día 25 de julio de 2008. Este sistema esta reglamentado por la resolución General Nº 2.316 de la AFIP con fecha 27 de septiembre de 2007. Como acceder a la transacción: Ingresar a la pagina Web de la AFIP con Clave Fiscal al Servicio «Mi Simplificación», opción «Certificación  […]

 Un tema que se viene hablando desde el año pasado será implementado a partir del 1º de agosto de 2008 y es la implementación de la realización de la Certificación de Servicios vía Internet, lo que deberán tener en cuenta los empleadores que deban emitir una Certificación de Servicios para los trabajadores que terminen las relaciones laborales, el servicio se encontrara disponible en la pagina Web de la AFIP a partir del día 25 de julio de 2008. Este sistema esta reglamentado por la resolución General Nº 2.316 de la AFIP con fecha 27 de septiembre de 2007.

Como acceder a la transacción:

Ingresar a la pagina Web de la AFIP con Clave Fiscal al Servicio «Mi Simplificación», opción «Certificación  de Servicios» Es indispensable ingresar previamente a la opción denominada «Administración de Relaciones» y dar de alta el Servicio «Certificación de Servicios»

Los empleadores que deban emitir una «Certificación de Servicios» deben saber que es indispensable.

  • Que la relación laboral a emitir la correspondiente Certificación debe estar obligatoriamente registrada en el Servicio «Mi Simplificación» , excepto que se trate de períodos anteriores a Octubre/2005 y el contribuyente haya cumplido con las previsiones de la R.G. 3834, texto según R.G. 712 modificatorias y complementarias.

  • Las Declaraciones Juradas correspondientes a los periodos no  prescriptos posteriores al mes de junio de 1994  estén presentadas y  comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.

  • cuando los datos a certificar no guarden relación con los datos declarados habrá que rectificar las correspondientes Declaraciones Juradas.

Como proceder para los periodos anteriores a junio de 1994

Cuando la Certificación de Servicios incluya periodos anteriores a junio de 1994, inclusive, el sistema podrá requerir:

  • El número de cuenta o de inscripción del empleador otorgado por la ex Dirección Nacional de Recaudación Previsional.

  • El número de afiliación del trabajador ante la ex Caja de Previsión Social.

  • Los distintos números de documentos que posea el trabajador (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).
     

Seguinos

43 comentarios en “Certificación de Servicios por Internet”

  1. Claudia:

    El servicio que diste de alta a traves de la opcion Administrador de Relaciones es Mi Certificacion-ANSES?? ya que sigo sin poder habilitar la opcion Certificacion de Servicios y Remuneraciones en Mi Simplificacion.

    Muchas gracias
    Jimena

  2. graciela:

    el convenio N° 462/2006 es de entiedades deportivas y civiles (UTEDYC), no es el 464 que es de mutuales. Salio un incremento del 4% a parit de enero del 2008, con los salarios de diciembre del 2007, en febrero se liquida el 4% mas el retroactivo de enero, en marzo el 4%, que hacen un total del 8% sobre la base de los sueldos de diciembre 2007. Es remunerativo. No se compensa con incrementos de empresas.
    Luego tengo un acuerdo salarial modificatorio del CCT 462/06 vigente a partir del 1° de junio del 2008. que establece un 10% a partir de junio del 2008 y un 11% a partir de sep. Son remunerativos y pueden compensarso con algun incremento de la empresa.

    Yo los tengo si queres pasame alguna direccion y te los escaneo y te los mando, si te parece.

    Mil gracias!
    Mariel.

  3. Graciela:

    Buenas!! hay que pagar retroactivos, queria saber si contabas con alguna planilla de calculo como para hacer los ajustes correspondientes, y aque tuvieron un incremento del 4%, con base de diciembre, y otro 4% mas que hacen un total del 8%, mas alla del 10 y del 11%..
    Ten{es idea de esto?
    Mil graciass!
    Mariel.

Los comentarios están cerrados.