La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General N° 4166/2017, ha creado un nuevo Plan de Facilidades de Pago para los contribuyentes que fueron excluidos del Monotributo. El mismo comprende a los sujetos que han sido dados de baja de oficio del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) desde el 1° de octubre de 2017, inclusive, en adelante. La adhesión deberá hacerse desde www.afip.gob.ar con Clave Fiscal, «Mis Facilidades».
El Plan de Facilidades de Pago para reingresar al Monotributo no contempla la reducción total ni parcial de los intereses o la liberación de las sanciones pertinentes.
Este nuevo régimen permanente facilitará a que los monotributistas excluidos puedan financiar el pago de sus deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. El valor mínimo de cada cuota será de 1000 pesos.
Previamente a la adhesión al plan de pagos, el Pequeño Contribuyente deberá presentar las Declaraciones Juradas (DDJJ) determinativas de las obligaciones impositivas, como del Impuesto al Valor Agregado, IVA, y Ganancias correspondientes al período de exclusión.
El vencimiento de la cuota del plan será el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión. Al igual que los otros régimenes del organismo recaudador, la misma se cancelará por débito directo en cuenta bancaria.
Según indica la RG 4166/2017, el nuevo plan de pago para cancelar las deudas comenzará a aplicarse a partir del día de mañana.
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