A partir de la liquidación de la segunda quincena de Julio de 2008, las empresas comprendidas en el convenio de empelados de comercio deberán efectuar una contribución patronal de alcance Nacional que se deberá hacer vía Internet en el sitio Web www.institutocap.org.ar y sus dudas serán respondidas a través del teléfono 0810-122-4622
La contribución patronal del INACAP es de un 0.5% del Sueldo de «Maestranza Inicial A» por empleado en este momento es de $ 6.47 por empleado sin importar si se tratan de empleados que trabajen full time o part time.
Esta contribución vence el día 15 de cada mes siendo su primer vencimiento el día 15 de agosto de 2008
La empresa debe ingresar en la página Web del INACAP, registrar todos sus datos para poder luego operar desde allí mediante una clave la cual deberá recordar para poder imprimir el formulario para el pago correspondiente.
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Hola contable…
me harías el favor de enviarme una copia de la homologación al siguiente mail jbejarano@ibap.com.ar
gracias.
Si alguien más tenia duda sobre su implementación, les confirmo esta homologado.
Me llego una copia de la reolución con sus respectivas firmas.
Hola Contable:
Por lo que tengo entendido es obligatoria
gracias
Que hay de cierto en esto, digo porque en el convenio colectivo está, ahora bien en el centro de empleados de comercio y la cámara de comercio no saben nada de su implementación ni tampoco de que sea obligatoria.