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Guía para la Baja de un Trabajador

Los empleadores para dar la baja correspondientes a un Cese Laboral de un trabajador por cualquier motivo que este fuera, renuncia, despido, abandono de trabajo o cualquier otro, deberán hacerlo por medio de la pagina de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, ingresando con su Clave de Identificación Tributaria, CUIT, y la “Clave Fiscal”  al sistema “Mi Simplificación”, es el registro de altas y bajas en la Seguridad Social. Luego el sistema le solicitará que identifique al dependiente mediante la Clave de Identificación Laboral, CUIL, mostrándole luego los datos personales y usted debe seleccionar el icono de la derecha que marca el registro de la “baja”, el sistema le pedirá que escriba la fecha del Cese Laboral y […]

Los empleadores para dar la baja correspondientes a un Cese Laboral de un trabajador por cualquier motivo que este fuera, renuncia, despido, abandono de trabajo o cualquier otro, deberán hacerlo por medio de la pagina de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, ingresando con su Clave de Identificación Tributaria, CUIT, y la “Clave Fiscal”  al sistema “Mi Simplificación”, es el registro de altas y bajas en la Seguridad Social.

Luego el sistema le solicitará que identifique al dependiente mediante la Clave de Identificación Laboral, CUIL, mostrándole luego los datos personales y usted debe seleccionar el icono de la derecha que marca el registro de la “baja”, el sistema le pedirá que escriba la fecha del Cese Laboral y el motivo y si es necesario deberá cargar la fecha del telegrama o carta documento relacionada con la desvinculación.

Documentación que debe entregar el empleador cuando da la baja de un trabajador:

  • Informar la baja en el sistema de la AFIP “Mi Simplificación”.
  • Realizar la Liquidación Final
  • Realizar los dos (2) Certificados de Trabajo:
  1. Certificado de Trabajo en hoja con membrete de la compañía completando Nombre y Apellido, CUIL, fecha de ingreso y egreso, Categoría y remuneración al momento de su desvinculación.
  2. Certificación de remuneraciones y servicios, formulario de ANSES PS 6.2
  • Completar Formulario de ANSES PS 6.1
  • Formulario Nº 649 correspondiente al Impuesto a las Ganancias

En el supuesto caso de incumplimiento de la empresa de no entregar los correspondientes Certificados de Trabajo, el trabajador deberá intimar a su empleador que en un plazo de treinta (30) días  le haga entrega de los mismos, si no los entrega intimarlo nuevamente y accionar judicialmente de no recibir respuesta será pasible de una multa de tres (3) sueldos calculados sobre la mejor remuneraciones mensual percibida durante el último año de servicios o duración de tiempo si este fuera menor a un año.

Bajar Formulario Certificado de Trabajo PS 6.2

Bajar Formulario ANSES PS 6.1

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