Mujer con carpeta de EconoBlog

Jubilados y Pensionados deben empadronarse en una Obra Social

Los jubilados y pensionados pueden empadronarse en una obra social junto a su grupo familiar primario eligiendo entre una lista de instituciones.

Las personas que perciban una jubilación o pensión tienen el derecho a contar con una cobertura de una Obra Social, en la cual puede incluir a su grupo familiar primario al igual que cualquier trabajador en relación de dependencia, monotributista o titulares de una Prestación por Desempleo. También existe la opción de cambiarla luego de cobrar el primer haber previsional.

En el momento en el que la Administración Nacional de la Seguridad Social envía al jubilado la resolución de su trámite con el número de beneficio, ya sea de jubilación o de pensión, y junto con él la constancia del ingreso de los datos de identificación del titular y de su grupo familiar.

El comprobante puede ser solicitado más tarde por la Obra Social, y puede imprimirse desde www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, opción CODEM (Obra Social) y elegir «Obtenga su Constancia».

Cambiar de Obra Social

Al percibir su primer haber, ANSES permite al titular optar por otra Obra Social de las que figuran en el listado disponible en las delegaciones del organismo previsional y en la página de ANSES. (Descargar Listado de códigos de Obras Sociales).

El cambio de Obra Social se puede hacer en cualquier oficina de ANSES o ante la Obra Social elegida una vez por año con la presentación del formulario PS.5.5 Novedades/Opción de Traspado. La modificación la puede efectuar un tercero con la firma del jubilado certificado por autoridad competente, bancaria, consular o director de hospital, clínica o sanatorio.

Una vez realizado el cambio, el jubilado o pensionado recibirá la cobertura a partir del primer día del tercer mes. La fecha de vigencia se podrá ver en el CODEM.

Cabe destacar que las constancias de CUIL, CODEM, Certificación Negativa e Historia LAboral emitidas desde la página de ANSES no requieren autenticación con sello y firmade un agente de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

1 comentario en “Jubilados y Pensionados deben empadronarse en una Obra Social”

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil