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AFIP: Aumento del mínimo no imponible de Bienes Personales 2018

AFIP aplicó un aumento del mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales 2018.

Esta semana, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, ha anunciado que este mes se aplicará la primera actualización automática prevista en la normativa que fue aprobada en 2016. El funcionario infirmó que se aplicará un aumento del mínimo no imponible de Bienes Personales 2018 para empleados en relación de dependencia a millón de pesos brutos.

El aumento del piso del Impuesto sobre los Bienes Personales corresponderá a las Declaraciones Juradas (DDJJ) correspondientes al período fiscal 2017, la cual debe ser presentada el corriente año.

Recordamos que el mínimo no imponible a tener en cuenta para liquidar Bienes Personales en el año 2017 corresponde pago cuando la Declaración Jurada determinativa del impuesto supere en el periodo $ 950.000.-.

Además, el organismo recaudador ha otorgado una prórroga hasta el 31 de marzo de 2018 para que los trabajadores de la cuarta categoría efectúen la carga de datos en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) lo cual debe hacerse usando el Formulario 572 Web con la Clave Fiscal.

El Formulario 575Web permite a los trabajadores en relación de dependencia informar a sus empleadores cuáles son sus deducciones del Impuesto a las Ganancias. Aparte, ellos pueden informar otros ingresos que obtienen en caso de pluriempleo.

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6 comentarios en “AFIP: Aumento del mínimo no imponible de Bienes Personales 2018”

  1. Cual es el mínimo imponible para Bienes Personales a pagar durante 2018 y cual es la tasa del impuesto a pagar sobre el excedente sobre el mínimo imponible.

    1. Roberto Las alícuotas aplicables a considerar serán, por cada período fiscal, las siguientes:
      – Para el Periodo 2016: 0,75%
      – Para el Periodo 2017: 0,50%
      – Para el Periodo 2018: 0,25%

      Los mínimos no imponibles a considerar serán, por cada período fiscal que se indica a continuación, los siguientes:
      – Período 2016: $ 800.000
      – Período 2017: $ 950.000
      – Período 2018: $1.050.000

      Fuente: Art. 24 Ley 23.966

  2. La informacion Incomprensible .. habla de nienes personales 500000.- cuando fue eso ??? y no dice cuanto es para e la año del TÍTULO !! ..y habla des pues de ganancias ..NOTABLE ..

  3. Hector de Escobar

    Perdón por una pregunta de un lego en la materia: la alicuota de 0,25 sobre el excedente de 1050000$ en Bienes Personales, ¿es por mes o por año? Muchas gracias.

Los comentarios están cerrados.

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