Los empleadores del Convenio Colectivo de Trabajo, Empleados de Comercio a partir de los sueldos liquidados en la segunda quincena de Julio del 2008 deberán obligatoriamente efectuar una contribución patronal de 0.50% del Sueldo correspondiente «Maestranza Inicial A» por cada empleado sin importar que se traten de empleados full time o part time.
El trámite se debe realizar vía Internet desde el sitio Web www.institutocap.org.ar además de contar con la línea telefónica número 0810-122-4622 para consultas.
A continuación publicamos su homologación
Bajar Homologación INACAP
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Hola Mariana:
Es obligatoria para todos los trabajadores igual para todos sin importar categoria, antiguedad, jornada laboral ok
gracias
la contribucion de 6,47 es obligatoria por todos los empleados, de todas las categorias ( administrativo, vendedor, etc) o solo para los empleados de maestranza «a».
Graciela: si pude imprimir la boleta de deposito, gracias
hola German:
Ingresaste a la pagina http://www.institutocap.org.ar/INACAP/html/Preguntas.html
Trata de imprimir las boletas de deposito despues contame si lo pudiste hacer.
gracias
Graciela: te pregunto, donde puedo leer que es obligatorio y que es $6.47 la contribucion al inacap??? eso no dice en la homologacion, donde tendria que decir?
muchas gracias