Los empleadores del Convenio Colectivo de Trabajo, Empleados de Comercio a partir de los sueldos liquidados en la segunda quincena de Julio del 2008 deberán obligatoriamente efectuar una contribución patronal de 0.50% del Sueldo correspondiente «Maestranza Inicial A» por cada empleado sin importar que se traten de empleados full time o part time.
El trámite se debe realizar vía Internet desde el sitio Web www.institutocap.org.ar además de contar con la línea telefónica número 0810-122-4622 para consultas.
A continuación publicamos su homologación
Bajar Homologación INACAP
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Existe algun planteo de nulidad del aporte del INACAP de parte de alguna camara de empresarios, asociacion o alguna otra entidad?
Espero vuestros comentarios.
Gracias
Daniel
No paran de ejercitar la creatividad para complicar la vida de los que trabajamos. Sera interesante ver que tal la capacitacion. No paran de meter la mano en el bolsillo de los que trabajamos. Que cansancio!!!!!!!!
bien estoy de acuerdo con lo homologado ahora cuando comenzaran a dar la capacitacion a los trabajadores los sindicatos, eso tambien esta estipulado
gracias
Hola Natalia.
Para todos el mismo importe.
gracias
siendo para todas las categ de trabajadores de comercio, el 0.5 es sobre el basico segun su categoria o es de 6,47 para todos?