En estos días nos han llegado varias consultas de empleadores de casas particulares que desean saber el personal de dicho sector tiene derecho al cobro de un descanso anual. Con lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que así es sin importar que la relación laboral esté o no registrada en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En este artículo, detallamos la cantidad de días de vacaciones de empleados domésticos.
Al igual que los trabajadores en relación de dependencia, los empleados del servicio doméstico tienen derecho a tomarse vacaciones pagas por su empleador.
La antigüedad a tomar para el cálculo de las vacaciones de empleados doméstico es la que se tenía al 31 de diciembre. Con lo cual, si comenzó a trabajar el 1° de enero no corresponde dicho beneficio, recién corresponderá el año que viene.
El otorgamiento se tiene que realizar a partir del 1° de octubre hasta el 30 de abril de cada año, una de cada tres años tiene que ser en verano. La notificación de la fecha en la cual comenzarán se tiene que realizar con una anticipación no menor a 45 días de forma fehaciente.
Cantidad de días de vacaciones del Servicio Doméstico
- Menos de 5 años: 14 días.
- De 5 a 10 años: 21 días.
- De 10 a 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
Los días de vacaciones son corridos, no hábiles.
Si el trabajador no ha trabajado la mitad del año corresponde un día por cada 20 días trabajados.
Liquidación de vacaciones de Empleados Domésticos
- Jornalizados por hora: Multiplicar los días de vacaciones por la cantidad de horas que se trabajan al día y por el monto que se cobra por hora.
- Jornalizados por día: Multiplicar los días por el monto cobrado por día.
- Mendualizados: os días de vacaciones se liquidan dividiendo el sueldo por 25 y multiplicándolo por los días de descanso. El resto de los días debe ser liquidado dividiendo el salario por 30 y multiplicándolo por los días restantes.
Es muy importante tener en cuenta que el pago de las vacaciones se tiene que realizar sin importar que esté o no en blanco.
Mí consulta es por las vacaciones .
Estoy con el aporte no más 12 hs .
Mi empleada se tomó sus vacaciones en enero
Trabaja 24 h semanales
Tiene 18 años de antigüedad
Para hacer el calculo de las vacaciones
Debo tomar para calcular el sueldo correspondiente al mes 12/2022 que ella cobra en enero 2023 o el sueldo correspondiente al mes 01/2023 que ella cobra en febrero 2023
En cual recibo se escribe el plus vacacional…en el de diciembre( que ella recibe en enero) o en el de enero (que ella recibe en febrero)
Corresponde el cálculo sobre el sueldo del mes que se toma las vacaciones, no puede cobrar menos que si hubiese trabajado
Hola
Desde octubre del año pasado cumplí 5 años de antigüedad en mi trabajo hago 8 horas por día de lunes a sábado
Sábado mediodía cuantos días me corresponden y cuánto me pagarían
Te corresponden 21 días corridos y la liquidación es la siguiente: Vacaciones, sueldo/25×21 y resto del mes sueldo /30×9
Trabajo 48 horas semanales tengo 1 año de antigüedad cuánto me corresponde la liquidación de las vacaciones
Te corresponden 14 días corridos y el sueldo dicho mes es: Sueldo /25×14 = Vacaciones y el resto del mes Sueldo /30×16
Estoy en blanco menos de 12hors un año en negro un año en blanco cuántos dias me corresponden de vacaciones y cobrando 22800 pesos mensuales
Te corresponden 14 días corridos Sueldo del mes que te tomas las vacaciones 22800/25×14= $12768 resto del mes 22800/30×16= $12160.- Dicho mes cobras $24928.-