Los contribuyentes deben sacar el COTI (Código de Transferencia de Inmuebles) para vender un inmueble si el monto de la operación es igual o superior a 1.500.000 pesos. La solicitud debe ser efectuara por Internet mediante la página oficial de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), cuya dirección web es www.afip.gob.ar.
Previamente a la negociación, oferta o transferencia de un bien inmueble, el titular o condómino también debe solicitar el COIT en AFIP la base imponible fijada para el pago del inmobiliario, impuestos similares y/o de sellado; o el valor fiscal vigente es igual o mayor a un millón y medio.
Si se realiza la transferencia de derechos sobre bienes inmuebles a construir también se tiene que sacar dicho código.
En los casos de matrimonio o condómino, cualquiera de las partes puede realizar la solicitud.
¿Cómo sacar COTI?
- Ingresar en la dirección web www.afip.gob.ar.
- Pulsar en «Ingresar» e indicar el CUIT/CUIL y la Clave Fiscal, la cual debe tener nivel de seguridad 2 como mínimo.
- Entrar al servicio «Transferencia de Inmuebles», opción COTI.
Únicamente por inoperatividad del sistema, el trámite puede ser llevado adelante por medio del Centro de Información Telefónica (0800-999-2347) que atiende de lunes a viernes de 8 a 20 horas.
Trámite de COTI por Inmobiliaria
La inmobiliaria puede sacar el COTI siempre y cuando el titular o condómino lo autorice. La autorización tiene que ser realizada por escrito y contener la siguiente información:
- Identificación del inmueble o derechos sobre bienes inmuebles a construir.
- Ubicación de la propiedad.
- Precio fijo o estimativo indicando el tipo de moneda.
- Identificación de los condóminos indicando el/los número/s de CUIL, CUIT y/o CDI y el porcentaje de titularidad.